2020-01-03

Robó en una vivienda, golpeó a una mujer policía, y los vecinos lo lincharon

Todo ocurrió el 01 de enero del 2020, en el barrio Valle Grande en Rawson, el detenido tiene 23 años y es vecino del barrio. La policía lo detuvo mientras estaba robando en el interior de una vivienda.

Como si fuera una película pasó de todo la noche del 1 de enero en el interior del barrio Valle Grande en el departamento de Rawson.

Aproximadamente a las 23:00 horas resultó detenido Javier Hugo Aciar, un joven de 23 años de edad, conocido delincuente vecino del barrio. El mismo se encontraba en el interior de una vivienda robando efectos de la familia que no se encontraba en ese momento en su domicilio. 

Una vecina observó el ingreso del sujeto y alertó sobre la situación al 911, dando aviso también a la dueña de la vivienda, quien inmediatamente avisó a su pareja y demás familiares de lo que estaba sucediendo.

Personal policial de Comisaría 35 concurrieron a dicha vivienda y en su interior sorprendieron al ladrón escondiéndose entre la cucheta de una de las habitaciones.

El delincuente tenía en su poder una mochila en cuyo interior había guardado elementos robados: una corta pluma roja, una netbook Novatech color negro con gris y una botella de fernet a medio llenar.

Tan violento se puso Aciar, que una agente femenina fue golpeada en su mano y en el pómulo de su rostro cuando intentaban llevarlo al móvil policial, resistiéndose así a su detención, debiendo ser inmediatamente trasladado a sede de Comisaría 35, asimismo por resguardo del propio aprehendido que fue agredido físicamente por vecinos enfurecidos con su accionar.

Proximalmente se constató que el delincuente ingresó a la vivienda por el fondo habiendo forzado con golpes el ventanal de vidrio.

El detenido luego del paso por los calabozos de la Comisaría 35, deberá responder de sus acciones por ante el Fuero de Flagrancia imputado por la presunta comisión del delito de robo en grado de tentativa en concurso real con resistencia a la autoridad y lesiones leves (arts. 164, 42, 55 239 y 89 del C.P). 

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