2020-06-09

CHUBUT

El juez rechazó el acuerdo que había firmado el fiscal que habló de “desahogo sexual”

Fernando Rivarola había acordado un juicio abreviado para tres de los seis imputados. Dos fueron sobreseídos por ser menores de edad

El Juez Penal Marcelo Nieto Di Biase resolvió rechazar al acuerdo juicio abreviado presentado por las partes en el marco de una causa en la cual se acusa a tres jóvenes por el delito de abuso sexual simple, en un hecho ocurrido en Playa Unión durante septiembre del año 2012.

A criterio del juez, se pretendía la imposición de una pena de tres años en suspenso -mínima para la escala elegida por las partes- siendo que de aplicarse correctamente la norma se debería pensar en una calificación que tiene una pena de 8 a 20 años de prisión.

En cuanto al consentimiento expuesto por la víctima en la audiencia, Nieto Di Biase lo consideró condicionado, lejos de la forma en la que pretendía que fuera tomado por las partes, dado que se le hizo mención al magistrado de la existencia de un acuerdo reparatorio, cuyos términos se reservaron las partes a tener de un “pacto de confidencialidad”.

En enero del año pasado, una joven denunció que fue violada por un grupo de varones en una casa del balneario Playa Unión de la ciudad de Rawson, Chubut.

Según su relato, el hecho ocurrió en septiembre de 2012, cuando ella tenía 16 años en una fiesta en la zona de Playa Unión. La denuncia tomó gran repercusión en la provincia y la Justicia abrió una investigación de oficio. Cinco de los seis jóvenes acusados fueron imputados por “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.

En las últimas horas, y tras varios meses de recabar pruebas, se conoció que el fiscal del caso, Fernando Rivarola, avanzó en el cierre de la causa y su resolución en un proceso.

Según adelantaron medios locales Rivarola acordó un juicio abreviado con los imputados, lo que implica una pena menor y una aceptación de la culpa de los acusados. También hubo aceptación de la víctima, lo que es requerido por la ley.

El fiscal modificó la calificación legal de “abuso con acceso carnal” por la de “abuso sexual simple, agravado por la participación de dos o más personas”.

¿El motivo? La falta de pruebas en el expediente, la dificultad de probar una violación siete años después. Una alta fuente en los tribunales de Trelew asegura: “La víctima no quiere afrontar un juicio y exponerse”.

La acusación recae sobre tres de los cinco involucrados: Ezequiel Quintana, Leandro Del Villar y Luciano Mallemaci. Los otros dos, R.V. y T.S., quienes al momento del presunto abuso eran menores de edad, fueron sobreseídos. De T.S, una fuente asegura que “su participación era sumamente menor, no cometió el presunto abuso”.

El caso se comenzó a investigar en la última semana de enero de 2018.

En una publicación en redes sociales titulada “La Manada de Chubut”, la denunciante contó de manera anónima en la red social Facebook que el 17 septiembre de 2012 habían ido con unas amigas a una fiesta a la casa de uno de los acusados.

La situación hizo que tuviera que comenzar tratamiento psicológico y psiquiátrico. “Gracias a todo este tiempo de intentar sanar es que hoy me siento lo suficientemente fuerte para poder contar mi historia. Que se sepa qué tipo de personas son, que durante todos estos años siguieron sus vidas impunemente, mientras yo no tengo estabilidad emocional y por ello sigo tratada”, cerró su denuncia en Redes Sociales, la víctima.  

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