Duro revés para 16 imputados por romper la cuarentena par hacer un ritual umbanda
La Sala Segunda de la Corte de Justicia, integrada por los cortistas Adriana García Nieto, Guillermo De Sanctis y Marcelo Lima; resolvió desestimar los recursos de casación e inconstitucionalidad interpuestos por los abogados de 16 personas imputadas por infringir las normas sanitarias, al romper la cuarentena estricta que regía en ese entonces.
El hecho ocurrió el 26 de agosto de 2020, cuando un grupo de personas se reunió en una vivienda para celebrar una ceremonia religiosa del rito Umbanda en el departamento de Rivadavia.
Allí, la Policía pudo comprobar que habían enterrado un gallo junto a otros elementos como yerba, azúcar café, naranjas. Al consultarles por ese accionar, ellos justificaron que se trataba de una ofrenda a la “Pachamama”.
Los abogados defensores pretendían que a sus representados se les aplique la suspensión de suicio a prueba, mientras que la política criminal fijada en ese momento por el Ministerio Público Fiscal decidía no aplicar esa opción para quienes infringían las normativas sanitarias y no respetaran la cuarentena, debido a la situación epidemiológica imperante en la provincia desde el 22 de agosto de 2020 cuando San Juan se encontraba en plena fase 1 tras un brote de covid en Caucete.
Así, la Sala Segunda de la Corte de Justicia resolvió “no hacer lugar a los recursos de casación e inconstitucionalidad interpuestos por la defensa técnica a favor de los imputados”. También confirmó “todo lo actuado a los fines de la pertinente prosecución procesal”. Y ordenó “que se remitan las actuaciones a la instancia inferior a los efectos correspondientes”.
De esta manera, los 16 imputados (6 hombres y 10 mujeres cuyas edades iban de 18 a 52 años al momento del hecho) sufrieron un importante revés y ahora la sentencia continúa vigente.