Condenaron a un hombre por tenencia de pornografía infantil: no va a prisión
Este lunes, se llevó a cabo la audiencia de ampliación del objeto de la investigación penal preparatoria, se llegó a un acuerdo de juicio abreviado y un hombre fue condenado por el delito de tenencia de material de abuso y explotación sexual infantil con fines inequívocos de distribución, agravado por la edad de las víctimas.
El sujeto sufrirá la pena de 2 años de prisión de cumplimiento en suspenso (no va a prisión) más reglas de conductas (arts. 26 y 27 bis del C.P.), entre las cuales cabe mencionar el sometimiento del imputado a tratamiento psicológico.
La Unidad Fiscal especializada en delitos y contravenciones informáticas dependiente del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, remitió a la justicia sanjuanina un informe CyberTipline NCMEC, en el que se conoció que Google reportó que el 15/09/2021, en diversos horarios, desde el correo electrónico cchori93@gmail.com se procedió a subir archivos multimedia relacionados a material de abuso y explotación sexual infantil, utilizando la infraestructura de Google Drive, que muchos de estos archivos poseen la extensión en su nombre “.WA”, lo que significa que el archivo proviene de la red social WhatsApp, que este correo electrónico tenía asociado dos líneas verificadas, una a nombre del imputado y otra de su madre.
Las tareas investigativas permitieron el secuestro de tres dispositivos en el domicilio del imputado, cuya pericia arroja el almacenamiento de imágenes y videos de contenido pornográfico, de las cuales algunas de ellas se encuentran relacionadas a material de abuso y explotación sexual infantil en el teléfono celular suyo, en su pendrive se encontraron archivos similares de los cuales son coincidentes con el contenido de los videos que fueron denunciados en el reporte NCMEc que dio inicio a la presente investigación y en su computadora portátil se encontró material de abuso y explotación sexual infantil, coincidiendo con los videos denunciados por el reporte NCMEC en cuestión.
La tarea probatoria llevada a cabo permitió conocer, mediante informe médico legal que alguno de los videos e imágenes almacenados por Arroyo eran de niños, niñas y adolescentes menores de 13 años de edad.