Esta madrugada
Aprobaron el RIGI: un solo senador sanjuanino votó a favor
El Gobierno logró aprobar el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones incluido en el capítulo VII de la Ley Bases, uno de los puntos que más interés generaba en la provincia. El oficialismo tuvo que ceder y realizar modificaciones para poder garantizar su obtención, la cual necesito del voto de tres legisladores de Unión por la Patria.
Tal como se sabía, el representante de La Libertad Avanza, Bruno Olivera, votó a favor, y la legisladora de Unión por la Patria, Celeste Giménez, en contra. La postura del exgobernador Sergio Uñac era una incógnita y finalmente, votó en contra.
El RIGI resultó aprobado producto de 38 votos afirmativos, contra 32 negativos. Los senadores de del bloque peronista Guillermo Andrada (Catamarca), Sandra Mendoza (Tucumán) y Carolina Moisés (Jujuy), acompañaron la iniciativa del oficialismo.
Entre las modificaciones en las que el Gobierno tuvo que ceder con el fin de lograr su aprobación en el recinto se encuentran: el régimen quedó acotado a los sectores agroforestal, infraestructura, minería, energía y tecnología y se introdujo un piso de contratación de proveedores locales del 20% de la totalidad del monto de inversión destinado a esos fines.
Todas las modificaciones que se realizaron en el RIGI
• Reducción de actividades: el régimen se circunscribe a las inversiones en el sector agroforestal, infraestructura, minería, energía y tecnología.
• Plan de desarrollo de los proveedores locales: se especifica que cada desarrollo tendrá que proponer al menos un 20% de la totalidad de inversión en proveedores en organizaciones nacionales, "siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad".
• Modificación de plazos de cobros: las exportaciones productos de las iniciativas adheridas al RIGI y efectuadas por los vehículos de proyecto único (VPU) tendrán la obligación de la negociación y liquidación en el mercado de cambios de un 20% luego de transcurridos dos años desde la puesta en marcha del VPU; 40% tras tres años; y un 100% después de cuatro años. "Dichos fondos en los porcentajes referidos serán de libre disponibilidad", precisan las reformas sobre el artículo 196 de la ley Bases, y agrega: "Los VPU no estarán obligados a ingresar y/o liquidar en el mercado de cambios las divisas y/o cualquier contravalor correspondiente a otros rubros o conceptos vinculados al proyecto objeto del plan de inversión aprobado, contando con la libre disponibilidad de los mismos"
• Acciones, cuotas o participaciones de los VPU: los activos podrán ser transferidos sin autorización previa de la autoridad de aplicación, debiendo informarle dentro de los 15 días corridos siguientes de ocurrido. Los activos podrán ser objeto de prensa, cesión en garantía, fideicomiso o cualquier otro tipo de negocio jurídico de garantía.