En la Justicia
Nuevo round entre Barrick y un privado por un terreno en el que funciona una antena clave
La disputa que existe entre la empresa minera Barrick y un privado por un terreno ubicado en Ullum, en el que funciona una antena clave para la firma, sumó un nuevo capítulo. La Corte de Justicia, al hacer uso de una facultad excepcional, resolvió suspender los efectos de la sentencia que dictó hace dos meses Sala I de la Cámara Civil. ¿Qué impacto tiene la medida del máximo tribunal local? La compañía había recibido un revés judicial, lo cual habilitaba al privado a ordenarle a la firma a que retire la estructura, la que, al parecer, fue instalada sin autorización. Ahora, con la definición de la Corte, dicho retiro ha quedado suspendido hasta que se resuelva si el planteo que presentó la empresa tiene asidero. Así, por el momento, Barrick logró ganar tiempo, el que se traduce en meses, al punto que no se descarta que exista resolución recién el año que viene.
La puja entre la empresa minera y el privado es clave para la compañía, ya que, de acuerdo a la información oficial, “la llamada “Antena Coronel”, ubicada en Ullum, en el límite con Iglesia, cumple una función central en las comunicaciones de la mina Veladero, dado que brinda los servicios de telefonía móvil y fija, intranet e internet. La acción judicial la originó la compañía en 2023, al presentar una demanda, junto con una medida cautelar, ya que el privado sostenía que el terreno era de su propiedad, mientras que la firma aseguraba que contaba con una servidumbre de paso y, por lo tanto, podía instalar la antena. De hecho, la estructura funciona en ese lugar desde 2004.
Un punto clave del conflicto es que la propietaria del inmueble, su apoderado y su representante legal buscan llegar a un acuerdo con la empresa para que esta pague los 20 años de uso del predio, al punto que, en una carta documento, reclamó 70 mil dólares mensuales. Ante esa movida, la compañía acudió a la Justicia para asegurar el uso legal del inmueble.
La demanda inicial recayó en el juzgado Contencioso Administrativo, a cargo de Adriana Tettamanti, quien resolvió en contra de los intereses de la compañía, ya que entendió que el terreno tiene una dueña. No fue lo único porque, además, condenó a Barrick a pagar cerca de 1 millón de dólares en concepto de compensación por “un ejercicio abusivo del derecho”.
Tanto la empresa como la propietaria apelaron la resolución ante la Cámara Civil. Así, en agosto pasado, los jueces Carlos Fernández Collado, Abel Soria y Elena De la Torre, con voto principal del primero, confirmaron una parte de la sentencia de primera instancia y revocaron otra. Quitaron el castigo monetario contra la empresa, pero mantuvieron el fallo en la parte que indica que el predio tiene dueño. Así, el propietario quedó habilitado a ejercer lo que se denomina “facultad de exclusión”, es decir, el poder de “retirar los objetos puestos en su propiedad sin su autorización”.
Tras ese revés judicial era un hecho que las partes pedirían la intervención de la Corte y así lo hicieron. Si bien ambos llegaron al máximo tribunal, ahora, los cortistas Juan José Victoria, Daniel Gustavo Olivares Yapur y Adriana García Nieto, hicieron lugar al pedido que hizo la empresa, la que solicitó que “se suspendan los efectos de sentencia” dictada por la Cámara. En ese marco, los jueces indicaron que “se advierten acreditadas circunstancias extraordinarias que habilitan a este Tribunal a ejercer la facultad excepcional de suspender preventivamente los efectos de la sentencia”. La resolución judicial fue dictada a fines de la semana pasada y las partes ya están notificadas, indicaron fuentes oficiales.
Por su parte, fuentes cercanas a la empresa, explicaron que “mientras la Corte evalúa la presentación hecha por la compañía, que solicita que se anule la sentencia dictada por la Cámara Civil, la parte privada no podrá retirar la estructura”. Incluso, hay quienes entienden, vuelve a tener vigencia lo que había ordenado inicialmente la jueza de primera instancia, cuando se presentó la medida cautelar. En ese momento, Tettamanti había dispuesto que, la dueña, “se abstuviera de realizar acciones u omisiones que afectasen el funcionamiento de la “antena Coronel”, instalada en el cerro del mismo nombre”.