Es importante saber que los ausentes como votantes deben justificar su falta o abonar la multa de manera online a través del sitio de la Cámara Nacional Electoral, para darle mayor velocidad al trámite y evitando complicaciones futuras.
REGLAS
Si faltaste a votar y no justificaste la ausencia, la multa a pagar es como máximo de $2.000
La ley electoral en nuestro país, marca que los ciudadanos de entre 18 y 70 años están obligados a emitir su voto. En caso de no hacerlo, la persona recibirá una multa económica, la cual lejos está de ser onerosa, pues varía de $1.000 a $2.000, en este segundo aspecto, para aquellas personas que tienen reiteradas faltas a sufragar.
Cabe destacar que, si el ciudadano que no votó, puede tener ciertas dificultades al momento de realizar algunos trámites:
- Imposibilidad de realizar trámites en organismos nacionales, provinciales o municipales, como sacar el pasaporte o renovar el DNI.
- Limitaciones para asumir cargos públicos.
- Aparición en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, lo que puede afectar futuras designaciones o procesos electorales.
A su vez, hay que tener en cuenta que infringir la Ley 19.945 del Código Electoral Nacional, deriva en ser incluido automática en el Padrón de Infractores por, como mínimo, el plazo de un año.
Mientras que, los ausentes pueden justificar su falta o pagar la multa correspondiente. Entre las causas válidas se incluyen:
- Enfermedad que impida la asistencia.
- Encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación.