DICTAMEN
La Justicia ordenó la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad
La Justicia ordenó la inmediata aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso en septiembre de este año. Si bien el Gobierno Nacional había promulgado la norma, su ejecución se encontraba en pausa porque el Poder Ejecutivo argumentaba que el Congreso no había estipulado el origen de los fondos.
Ahora, el Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez federal Adrián González Charvay, puso fin a la controversia y en un fallo de alto impacto social declaró la invalidez del Artículo 2° del Decreto 681/2025, que promulgó la ley pero suspendió su ejecución.
La sentencia ordena la inmediata aplicación de la ley en todo el país y tiene efectos expansivos sobre el colectivo de personas con discapacidad, sus familias, cuidadores y prestadores de servicios, quienes habían visto restringidos sus derechos por la decisión del Poder Ejecutivo Nacional.
La causa fue impulsada por O.G.J. y D.R.N., en representación de sus hijos menores de edad titulares de Certificado Único de Discapacidad, y rápidamente sumó la adhesión de numerosas asociaciones civiles, prestadores y familiares de personas con discapacidad de todo el país.
El reclamo central apuntaba a que la suspensión de la ley, dispuesta por el decreto presidencial, privaba a miles de personas de las medidas de emergencia diseñadas para garantizar la continuidad de tratamientos, la calidad de los servicios y la protección de derechos fundamentales como la salud, la educación y la inclusión social.