Cámara Federal de Casación Penal
Tras 17 años sin sentencia, la Justicia Federal desligó a cuatro sanjuaninos del escandaloso caso en el que se "fabricaron" sordos
Fue una causa escandalosa, en la que la investigación judicial indicó que hubo una supuesta red delictiva, conformada por abogados y médicos (cuatro de ellos, sanjuaninos), que inventó que un grupo de trabajadores caleros sufría de sordera. El fin fue quedarse con cuantiosas sumas de un fondo que administra la Nación. El tema es que pasaron 17 años desde la denuncia sin que hubiese una sentencia contra los imputados, por lo que José Luis Miolano, defensor del abogado Ernesto Clavijo, pidió su desvinculación por la falta de juzgamiento en plazo razonable. El planteo llegó a la Cámara Federal de Casación Penal y, por mayoría, los magistrados le dieron la razón.
La resolución a favor de Clavijo generó un efecto cascada que benefició al resto de los acusados, quienes también fueron sobreseídos bajo ese mismo principio. El listado incluyó al resto de los sanjuaninos, los abogados Wbaldino Fabián Acosta, Juan Manuel Azcona y Agustín Zumel y los médicos Carlos Manuel Delera (cordobés), Gustavo García Larsen (tucumano) y Roberto Moya (oriundo de Buenos Aires, pero que tenía domicilio en San Juan).
El fallo salió el pasado jueves y contó con los votos de la jueza Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci, de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. Los llamados magistrados de Comodoro Py, en referencia a la calle de la sede porteña de la Justicia Federal. Por su parte, el tercer juez, Alejandro Slokar, tuvo una valoración distinta.
Los camaristas penales fueron duros con las autoridades judiciales federales de San Juan y de Mendoza, en donde interviene la Cámara de Apelaciones. Ledesma señaló que “la tramitación de la causa se prolongó indebidamente en el tiempo, si se considera la ‘duración total del procedimiento’ y ello obedece a la falta de diligencia en los diversos actos llevados a cabo por los órganos del Estado”.
Así, destacó que “el caso lleva más de 17 años hasta la actualidad, habiendo tramitado más de 12 años en etapa de instrucción y cinco años en juicio (en el Tribunal), y que aún no se ha realizado el debate ni cuenta con un pronunciamiento sobre el fondo. Incluso, resaltó que “existieron importantes períodos de paralización, que no se explican en términos de complejidad” de la causa.
Por su parte, Yacobucci sostuvo que “la demora en el progreso del expediente ha sido notoria, y se muestra claramente injustificada. Ello, en tanto el atraso no encuentra explicación ni en la complejidad de la causa, ni en la actividad procesal de los imputados, sino en la conducta de las autoridades judiciales”.
La causa llegó a la máxima instancia en materia penal de la Justicia Federal luego de que Miolano (que también se desempeña como jefe de Asuntos Legales de la UNSJ) solicitara el sobreseimiento de Clavijo debido a que se violó su derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Sin embargo, el Tribunal Oral Criminal Federal de San Juan (TOCF), en donde se encuentra el expediente, le rechazó el planteo.
Así, Miolano acudió a la Cámara de Casación, en donde criticó la resolución del TOCF al calificarla de “arbitraria por falta de fundamentación”, dado que “valoró la complejidad del caso en forma abstracta y atribuyó demoras a la defensa por interponer recursos previstos en la ley”. En ese marco, sostuvo que la jurisprudencia ha indicado que la complejidad de un caso “no justifica plazos irrazonables” y que “el ejercicio legítimo de derechos procesales no puede ser considerado maniobras dilatorias”.
Además, aseguró que “la prueba documental y pericial descarta cualquier tipo de participación” de Clavijo en los hechos que se le endilgaron. De esa manera, Casación le hizo lugar a su planteo, con los votos de Ledesma y Yacobucci, mientras que Slokar, en minoría, entendió que hubo falta de fundamentación de la resolución del Tribunal Federal sanjuanino, por lo que opinó que debía anularse y que los jueces emitiesen un nuevo fallo.
Ahora, se verá si el fiscal de la Cámara de Casación Penal, Mario Villar, acude a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para tratar de revertir el resultado, al igual que los representantes legales de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), que actúan como querellantes, es decir, como acusadores privados.
La intervención de la SRT se debe a que es la autoridad de aplicación con respecto a la utilización de los recursos del Fondo para Fines Específicos (hoy, Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales). Dicho fondo se nutre de un aporte obligatorio que los empleadores pagan a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) por cada trabajador, además de la cuota habitual. Los recursos sirven para cubrir las enfermedades profesionales, no accidentes laborales, que las aseguradoras no pueden brindar.
De esa manera, la acusación señala que “se imputa una compleja maniobra delictiva, en la que confluyen distintas personas que ejecutaban diversos roles dentro de una estructura destinada a defraudar a compañías aseguradoras mediante el reclamo de indemnizaciones ilegítimas vinculado a supuestas enfermedades profesionales”.
En ese marco, quedaron en la mira judicial los abogados Clavijo, Azcona, Zumel y Acosta, y los médicos Delera, Moya y García Larsen. La acusación señalaba que integraron una presunta asociación ilícita que generó certificados falsos de incapacidad auditiva, con el objetivo de sacarle plata al Fondo para Fines Específicos que usaban las ART. El fondo es administrado por la SRT y es de uso específico, como las lesiones de hipoacusia grave.
Sin embargo, todo quedó en la nada y los que habían sido involucrados judicialmente se encuentran sobreseídos. El caso estalló en 2008, cuando Joaquín Ares, socio gerente de la empresa calera El Volcán, recibió un llamado de su compañía aseguradora, que le informaba que le iba aplicar un aumento considerado a la póliza. ¿El motivo? De 2006 a 2008, al menos 23 de sus empleados habían sido indemnizados por la ART dado que padecían de sordera.
El tema generó una reunión entre las autoridades de la calera y el gremio AOMA. Encuentro que fue tenso y que un grupo de trabajadores habría reconocido que unos abogados cordobeses y sanjuaninos les prometían que iban a recibir importantes indemnizaciones si presentaban problemas de hipoacusia.