Empezará a regir en septiembre
Los jueces de Menores, en alerta ante el aumento de causas que se dará con el nuevo Régimen Penal Juvenil
El nuevo Régimen Penal Juvenil, sancionado el 26 de febrero y publicado el 9 de marzo, producirá un incremento de causas. Primero, por una cuestión lógica: al bajarse la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, ese grupo de 14 y 15 años que antes estaba afuera, ahora entrará al sistema penal. Además, magistrados y especialistas aseguran que la ley manda a investigar todos los delitos cuando su predecesora permitía el archivo de expedientes frente a hechos con penas menores a dos años, que no fueran violentos ni provocaran conmoción social, como el hurto. Delitos calificados como “insignificantes” o de “bagatela”.
Frente a ese escenario, los jueces de Niñez y Adolescencia N°1 y N°2, Jorge Toro y María Julia Camus, se encuentran en estado de alerta, ya que la norma nacional comenzará a regir 180 días después de su publicación, es decir, en septiembre. Por ello, le presentarán una nota a la Corte de Justicia para llevarle al presidente y los ministros un análisis de la proyección del crecimiento de causas y dialogarán para buscar caminos para enfrentar el tema.
Toro prefirió no entregar aún esos datos de incremento para, primero, brindárselos y estudiarlos con el máximo tribunal. No obstante, hay parámetros a través de las estadísticas del Poder Judicial. En 2025, el 21,3 por ciento de los jóvenes investigados por delitos (unos 192) pertenecían al rango de 14 y 15 años, que eran inimputables y que, ahora, se someterán a la Justicia.
Además, de 1.316 resoluciones, 654 (el 49,69 por ciento) implicaron el archivo del caso debido a que lo permitía la anterior norma dado que se trataron de hechos con penas menores a dos años (bagatela). Aunque la cifra también contiene el cierre de causas debido a que no se identificaron a los autores.
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Ese cúmulo de expedientes se sumará al esquema de trabajo y ahí entra a tallar otra dificultad para encarar el tema que tiene que ver con lo técnico. Si el aumento de causas es fuerte, como se prevé, está bajo análisis la aplicación de los denominados métodos alternativos de solución del conflicto, en acuerdo entre el fiscal y el defensor del menor investigado, para una respuesta rápida y que deje, en algo, satisfecha a todas las partes, incluida la víctima.
Entre esos mecanismos, están la reparación integral del daño, la conciliación o la probation, que es la suspensión y un eventual fin del juicio, a cambio de la realización de tareas comunitarias y el cumplimiento de pautas de conductas.
Lo que sucede es que esas alternativas están contempladas en el sistema acusatorio, el cual rige para los adultos y son aplicables en cualquier instancia del proceso, es decir, casi desde el inicio y ante ciertos delitos.
En cambio, el llamado fuero de menores se maneja con el viejo sistema mixto inquisitivo, en el que son los jueces los que investigan y no contempla medidas como la reparación integral y la conciliación. Sí prevé la suspensión del juicio a prueba (probation), la que se pone en práctica al final del proceso, en el juicio.
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En ese marco, Toro destacó que “esta nueva ley nos impone avanzar lo más rápido posible a un sistema acusatorio, con todas las garantías procesales”. De hecho, la expresidenta de la Corte, Adriana García Nieto, había dicho el año pasado que iban a trabajar para implementarlo en el fuero de Menores.
Tal tarea implicaba el trabajo en conjunto con el entonces fiscal General, Eduardo Quattropani, quien en abril del año pasado debió ser internado por un problema coronario y falleció el 21 de julio. Así, se disparó el mecanismo de reemplazo y Guillermo Baigorrí asumió en su lugar el 19 de noviembre. Entonces, el proceso se vio interrumpido.
Habría consenso para poner en marcha el acusatorio en el fuero Penal Juvenil. Toro explicó que la nueva ley nacional (27.801) “establece que todos los delitos deben ser investigados o juzgados. Las provincias son las que definen las normas procesales y, en definitiva, tienen capacidad para definir su política criminal. Con un sistema acusatorio, el fiscal General podría disponer que los delitos de poca intensidad no sean perseguidos y que nos aboquemos, con los recursos que tenemos, a los de mayor gravedad”.
No obstante, hasta que se elabore o se termine el proyecto que se ideó y se apruebe en la Cámara de Diputados, lo que puede demorar meses o años, dependiendo de los recursos que se quieran inyectar, el juez señaló que “va a tener que haber un acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal, la Corte y el Ministerio Público de la Defensa para ver cómo hacemos para mitigar este cambio tan radical que impone la ley”.
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Así, agregó que la nueva ley Penal Juvenil “introduce ciertos principios procesales, que pueden ser operativos, más allá de la constitucionalidad de la ley, porque es competencia de las provincias fijar sus Códigos de Procedimientos”. En ese contexto, indicó que la norma “tiene varios institutos, como mediación, justicia restaurativa, reparación integral del daño” pueden usarse “si no hay objeción por parte de la provincia”.
Por eso, Toro indicó que “creería que con un poco de creatividad y si las partes se juntan y dialogan, podemos empezar en buscar soluciones de medio camino”. Incluso, expresó que “necesariamente tenemos que avanzar hacia un código moderno”, pero, hasta tanto, “va a haber que pensar en un proceso de adecuación, que va a llevar un tiempo, y tener herramientas para que, en septiembre, cuando entre vigencia de la ley, no impacte de manera negativa y haga que perdamos todo lo que venimos trabajando y nos desborde el trabajo”.
Un dato comparativo: el fuero de Menores cuenta con dos jueces, dos fiscales y dos asesoras de Menores, que también intervienen en procesos civiles. De vuelta a las estadísticas: en 2024, entraron 1.409 causas con imputados. En el fuero Laboral, que cuenta con seis jueces de primera instancia, ingresaron 2.099. Es decir, 690 causas menos, con un mayor volumen de jueces.
Las estadísticas de 2025 revelan que hubo 900 jóvenes de 16 y 17 años imputados por algún tipo de hecho. Entre ellos, los que predominan son los delitos contra la propiedad (robos), que se llevan el 49,1 por ciento; seguidos por delitos contra las personas (lesiones) con el 18,1 por ciento; y contra la integridad sexual (abusos)con el 16,3 por ciento.
De esos 900 menores, 709 (el 79 por ciento) cometió un hecho delictivo por primera vez, mientras que 102 (el 11 por ciento) lo hizo por segunda vez. Los restantes 89 (el 10 por ciento), incurrió por tercera vez o más en un delito.
Ese grupo de casi 90 adolescentes es el que el juez Toro define como “el núcleo duro” de criminalidad juvenil, que tiene una alta reiterancia en el delito. Se trata de menores que “se cayeron del sistema escolar”, que tienen problemas de consumo de sustancias y que provienen de “familias disfuncionales”.
La vieja norma (22.278), que aún está vigente hasta que en septiembre empiece a regir la 27.801, establece que, si un menor es condenado con una pena de encierro, primero se determina su responsabilidad penal y, cuando cumpla los 18 años, debe cumplir el castigo en la cárcel.
En cambio, el nuevo Régimen Penal Juvenil determina que se puede condenar a un adolescente antes de que cumpla los 18 años y, si el delito tiene una escala mayor a los tres años, se habilita a imponer una pena privativa de la libertad.