Resonante causa
Acueducto: a los extitulares de OSSE les negaron la recusación y les aclararon que en esta etapa no pueden pedir otras medidas
Los expresidentes de OSSE, Guillermo Sirerol y Sergio Ruiz, recibieron un revés judicial en la causa en la que se investigan presuntos hechos delictivos en la megaobra del Acueducto Gran Tulum. Los extitulares del organismo que tiene en manos el proyecto intentaron, a través de su abogado, Nasser Uzair, apartar a la jueza de Garantías, Mónica Lucero, quien ha intervenido en medidas previas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal (MPF). Ese planteo fue rechazado por un juez que revisó la causa, quien entendió que no hay motivos de recusación contra la magistrada, pero, además, les dejó en claro un punto clave: que, hasta el momento, tanto Sirerol como Ruiz no son parte del proceso. Esto significa que, si bien ellos se han presentado de manera espontánea en la causa, todavía la UFI Delitos Especiales está analizando si existe un delito, por lo que ellos no son víctimas, querellantes ni imputados. De esa manera, no tienen la legitimación para solicitar medidas o que se produzcan pruebas. Eso lo podrán hacer una vez que Fiscalía decida formalizar la causa y entienda que los expresidentes de OSSE deben ser investigados.
La recusación de la jueza Lucero no fue lo único que realizaron los extitulares de la empresa estatal, ya que también solicitaron que sean apartados los fiscales que intervienen en la investigación y que pertenecen a la UFI Delitos Especiales. Para ese caso, el planteo debe ser resuelto por el Ministerio Público, postura que, según pudo conocer este medio, se conocerá en las próximas horas y perfila que estará en la misma sintonía que la resolución que se conoció este lunes: un revés para Sirerol y Ruiz.
La queja que derivó en un pedido de apartamiento de la magistrada y de los fiscales se dio luego de que Lucero avalara la solicitud que hizo la UFI Delitos Especiales para extender 90 días más la investigación preliminar de la causa del Acueducto, lo que ocurrió a principios de mes. Los fiscales habían solicitado esa prórroga a raíz del volumen de documentación a analizar y porque todavía resta que envíen informes que fueron solicitados en su momento. Previo a esa audiencia, al existir presentaciones espontáneas en el expediente por parte de los extitulares de OSSE, a través del abogado Nasser Uzair, la jueza Lucero había indicado que debían ser notificados, por lo que se realizó una nueva audiencia con la participación del profesional. En dicho encuentro, Uzair hizo planteos y solicitó medidas porque entendió que, al ser notificados, sus defendidos eran parte del proceso, postura que fue rechazada por la magistrada. Así, la jueza fue recusada.
La recusación fue definida por el juez de Impugnación Eduardo Raed, quien en un escrito confirmó la decisión de la jueza de Garantías y fue claro al indicar que tanto Sirerol como Ruiz no pueden intervenir en esta etapa del proceso. Lo único que pueden hacer es pedirle a Fiscalía información, pero no pueden solicitar medidas, como testimoniales y pericias, entre otros actos procesales.
Para resolver así, Raed indicó que la causa del Acueducto transita un “marco de una investigación”, una “etapa previa a la formalización”, por lo que “a la fecha de celebración de las audiencias cuestionadas, Sirerol y Ruiz no habían adquirido formalmente la calidad de imputados dentro del proceso”. Así, destacó que Lucero sólo los hizo partícipes como “interesados” y “sin que ello implicara atribuirles el carácter de parte dentro del proceso, reconociéndoles solamente el derecho de requerir información”. En esa línea, el juez de segunda instancia remarcó que “advertir la presencia de personas que habían efectuado una presentación espontánea y darles la posibilidad de comparecer no equivale a otorgarles la calidad de parte ni a habilitarles el ejercicio de todas las facultades procesales reservadas a los imputados formalizados”, esto es, requerir medidas y solicitar que se lleven adelante pruebas, entre otros puntos. Además, Raed sostuvo que la jueza Lucero “concluyó que quienes pueden requerir información en esa etapa son el imputado o la víctima que solicitó constituirse en querellante, calidades que los presentados espontáneamente no revestían”.
Bajo esos fundamentos, Raed resolvió “rechazar la recusación interpuesta por el Dr. Mohamed Nasser Uzair, en representación de Guillermo Nicolás Sirerol y Sergio Fabián Ruiz, contra la Sra. Jueza de Garantías Dra. María Mónica Lucero”.
Cabe recordar que la causa del Acueducto nació a fines del año pasado, cuando el abogado Marcelo Arancibia hizo una presentación “para que se investiguen una serie de hechos (…) vinculados a presuntas maniobras ilícitas cometidas en el marco de las contrataciones estatales del Gobierno de San Juan relacionadas con la obra denominada Acueducto Gran Tulum”. Si bien no mencionó nombres, solicitó que también se investigue “la posible participación penalmente responsable” de funcionarios provinciales de la gestión 2019-2023. Es decir, durante la última gestión del gobernador justicialista Sergio Uñac. Ruiz prestó servicios como titular de OSSE antes de ese período y Sirerol, durante esos años. Arancibia solicitó analizar el posible direccionamiento de las licitaciones para favorecer a la empresa proveedora de caños Krah, la que “estaría vinculada a un familiar directo (primo)” del hoy senador Uñac. Dicho pariente es el empresario Gustavo Monti, quien falleció el pasado 25 de febrero. El contenido de la denuncia de Arancibia se basó en una serie de publicaciones del diario Tiempo de San Juan.
En su recusación a la jueza Lucero, Uzair había solicitado que “se suspendiera la tramitación del proceso principal hasta la resolución del incidente, se remitieran las actuaciones al juez subrogante legal, se dispusiera el apartamiento de la magistrada recusada y se declarara la nulidad de lo actuado a partir de las audiencias cuestionadas”, lo que finalmente fue rechazado.