2026-08-31

DETALLES

En un mes, la Justicia definirá si el acusado de la doble tragedia vial en 9 de Julio vuelve a prisión o sigue en libertad

La defensa del imputado sostuvo que ninguno de los tres agravantes quedó debidamente acreditado con la prueba producida durante el juicio.

La defensa de Marcos Gabriel Pereyra, integrada por los abogados Nadia Ludmila Derka y Marcelo Fernández, condenado a cuatro años de prisión por la doble tragedia vial ocurrida en 9 de Julio, pidió durante la audiencia de impugnación que la pena sea reducida a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento condicional. El planteo se centró en cuestionar los tres agravantes que fueron considerados por el tribunal al momento de dictar la condena.

La defensa del imputado sostuvo que ninguno de los tres agravantes quedó debidamente acreditado con la prueba producida durante el juicio y planteó una revisión de la sentencia. Ahora, el juez de Impugnación tendrá un plazo de 30 días para resolver y determinar cómo continúa la situación de Pereyra.

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Uno de los principales cuestionamientos estuvo dirigido al agravante relacionado con el consumo de estupefacientes. Según explicó la defensa durante la audiencia, no existe una forma científica que permita acreditar ese consumo en las condiciones en las que fue considerado en la sentencia. Por ese motivo, sostuvo que no podía utilizarse como agravante para aumentar la pena.

El segundo punto cuestionado fue la conducción temeraria. La defensa argumentó que esa circunstancia fue determinada a partir de inferencias que, según su planteo, no estarían permitidas y que el juez habría tomado como elemento central el testimonio de una persona en lugar de una pericia que permitiera acreditar técnicamente esa conducta.

Finalmente, la defensa también impugnó el agravante correspondiente a la muerte de dos o más personas. En este caso, sostuvo que una de las víctimas, identificada como amigo de Pereyra, no murió como consecuencia directa del siniestro vial, sino por ahogamiento.

Sobre este punto, el abogado planteó durante la audiencia que en materia penal se responde por las consecuencias directas del hecho y no por las causas de las causas. Por esa razón, consideró que no correspondía aplicar el agravante de muerte de dos o más personas.

Con estos argumentos, la defensa solicitó que la condena sea modificada y que Pereyra reciba una pena de tres años y seis meses de prisión en suspenso, lo que evitaría el cumplimiento efectivo de la pena en prisión.

Pereyra había sido condenado a cuatro años de prisión efectiva y ocho años de inhabilitación para conducir por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo con motor, en perjuicio de Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende.

Tras la sentencia, el tribunal había dispuesto su prisión preventiva pese a que la condena todavía no se encontraba firme. La defensa también impugnó esa medida y logró que el acusado recuperara la libertad mientras continúa el proceso.

Ahora, el juez deberá analizar los argumentos planteados por las partes y tendrá 30 días para resolver la impugnación. De esa decisión dependerá si se mantiene la condena en los términos establecidos por el tribunal o si se modifica la pena y los agravantes cuestionados por la defensa.

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La tragedia vial

El hecho ocurrió el 19 de enero de 2025, en el departamento 9 de Julio. Según la investigación, Pereyra conducía una camioneta Hilux cuando protagonizó el siniestro que terminó con la muerte de Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende.

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