2018-12-18

La corte a favor de los jubilados

En la mañana de este martes, la Corte Suprema falló en contra del Gobierno y de la ANSES por el índice que se debe usar para actualizar los haberes.

La Corte Suprema de justicia falló a favor del jubilado Luis Blanco, ratificó la vigencia del índice de actualización de haberes Isbic, declaró la inconstitucionalidad de resoluciones del ente previsional y pidió al Congreso que fije un indicador que sirva de referencia para calcular los haberes iniciales de los jubilados.

Hasta tanto el Congreso se expida, indicó la Corte, las actualizaciones se harán con el índice Isbic. Hay 150.000 casos pendientes de resolución en las distintas instancias de los tribunales que se resolverán en base a este precedente.

El fallo a favor del jubilado contó con los votos de Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Elena Highton sumó un voto concurrente, mientras que el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, apoyó la posición del Gobierno, por lo que la sentencia fue favorable a Blanco por 4 a 1.

En un voto conjunto, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti ratificaron la aplicación del precedente "Elliff" de 2009, que estableció que las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones debían actualizarse por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (Isbic), sin el límite temporal de la ley de convertibilidad que la Anses había fijado en una resolución de 1995.

Los jueces declararon inconstitucionales dos resoluciones oficiales, la 56/2018 de la ANSES y la 1/2018 de la Secretaría de Seguridad Social. Ambas tomaban el índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) como indicador para actualizar el haber inicial y el pago de sentencias de quienes iniciaron juicios, en reemplazo del Isbic.

¿A cuántos jubilados favorece este fallo?

Con el fallo de la Corte Suprema favorable al jubilado Blanco –caso testigo- pasarán a tener sentencia firme en forma directa e inmediata 11.766 juicios similares que también ingresaron apelados por ANSeS en el Alto Tribunal. En estos casos, a partir del fallo de este martes, la Corte ordenará “aplíquese Blanco”, con lo que también quedarán con sentencia firme.

A su vez, como se comprometió el Gobierno, la ANSeS deberá abstenerse de presentar en otros 150.000 casos recursos extraordinarios ante la Corte en relación al índice de actualización de las remuneraciones que determinan el haber inicial y continuar pagando estas sentencias que también quedarán firmes.

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