¿Cómo funciona el sistema de retiros en la Policía?
A qué edad se retiran los policias? ¿Cuándo les corresponde su pensión o jubilación? Un caso del cual 0264 Noticias se hizo eco planteó estos interrogantes. Desde la División de Personal (D1) de la Policía de San Juan respondieron estas consultas.
Actualmente existen dos carreras en la Policía de la provincia las cuales aquellos interesados en ingresar a la fuerza deben cursar: suboficiales y oficiales.
El período de estudio y graduación para la carrera de suboficiales es de un año mientras que la de oficiales es de tres. Una vez nombrados en la fuerza, comienzan a desempeñar funciones en las distintas áreas a las cuales son asignados.
Los suboficiales deben cumplir una carrera dentro de la Policía de 25 años mientras que los oficiales deben prestar servicio durante 30 años. Finalizado ese período, serán pasados a retiro accediendo a una jubilación por su servicio prestado a la fuerza de seguridad. El monto de la jubilación es el 100% del valor del último salario actualizado antes del retiro
Esto no quita la posibilidad de que en un futuro, después del retiro, accedan a cargos de vital importancia como la jefatura o subjefatura de Policía.
Durante su estancia en la fuerza los agentes tendrán la posibilidad de acceder a ascensos, lo que actualiza el salario a percibir.
La jerarquía en la carrera de suboficiales es la siguiente, ordenados de menor a mayor rango en orden descendente:
Agente
Cabo
Cabo Primero
Sargento
Sargento Primero
Sargento Ayudante
Suboficial Principal
Suboficial Mayor
Por otro lado, la jerarquía en la carrera de oficiales es la siguiente, ordenados de menor a mayor rango en orden descendente:
Oficial Ayudante
Oficial Subinspector
Oficial Inspector
Oficial Principal
Subcomisario
Comisario
Comisario Inspector
Comisario Mayor
Comisario General
Durante su estancia dentro de la fuerza irán ascendiendo de jerarquía y una vez cumplido el período de servicio estipulado por ley accederán al retiro.
¿En qué situación se encuentra la agente Nacira Hidalgo?
0264 se hizo eco del caso de Nacira Hidalgo, agente integrante de la Brigada Femenina del D3 de la Policía de San Juan quien hace dos años fue diagnosticada con esclerósis múltiple y fue retirada de la fuerza sin goce de haberes en agosto de 2018, con tan solo 36 años y siendo el único sostén ecónomico de su familia con dos hijos a cargo. Tampoco pudo acceder a una pensión.
El Comisario Mayor Jorge Daniel Navarro, jefe del Departamento de Personal, la Divisón D1 de la Policía de San Juan, en diálogo con 0264 explicó que la agente Hidalgo ingresó a la fuerza en la carrera de suboficial en el año 2005 y prestó servicios hasta 2014, momento en que presentó carpeta médica por un cuadro de depresión. Se le otorgó una licencia.
Desde ese momento permaneció durante dos años de licencia sin prestar servicio.
La ley de retiros de acuerdo al digesto jurídico (Ley 509 S) contempla en su árticulo 9 inciso C que el personal que alcanzare dos años con licencia por enfermedad y no pueda reintegrarse al servicio por subsistir las causas que originaron ese padecimiento de salud y conforme a lo dispuesto por la Ley de Personal policial, pasará a retiro automáticamente.
Si la persona no alcanza los diez años prestando servicio dentro de la fuerza no le corresponde una pensión o jubilación. Nacira Hidalgo cumplio 9 años entre 2005 y 2014 no llegando a completar el período mínimo que le permitiría acceder a un beneficio previsional.
Lamentablemente, el caso de Nacira no tiene vuelta atrás ya que si el funcionario policial no se reintegra transcurridos esos dos años de licencia no podrá retornar a sus funciones siendo retirado automáticamente.
En el caso de haber intentado reincorporarse en ese plazo de dos años, una junta médica evaluaría su situación para ver si está en condiciones de volver a sus funciones.
Para agravar el caso, hace dos años Nacira fue diagnosticada con esclerósis multiple, una enfermedad que afecta al sistema inmunológico y provoca un daño significativo a las capacidades físicas.
La ex agente presentó un recurso para que se revea su situación y poder acceder a una pensión, sin embargo, la ley de retiros no la ampara.
Matías González