Una vez confirmada la práctica de la IVE, la Cámara dejó sin efecto la cautelar
Este miércoles al mediodía, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería resolvió dejar sin efecto la medida cautelar dictada el 1 de mayo en la que impedía que una gestante se practique la Interrupción Voluntaria del Embarazo, luego del pedido de Franco, su expareja.
Ayer, Reinaldo Bedini, abogado de la mujer, informó que su defendida se había practicado el aborto el pasado 21 de abril. Así las cosas, la propia Cámara envió un oficio al Hospital Federico Cantoni de Pocito para que explique cuándo y cómo se ejecutó la práctica abortiva: "Del informe recibido surge que el día 21/04/21 fue atendida en el mencionado nosocomio manifestando su voluntad de interrumpir el embarazo y que al momento cursaba 9 semanas y tres días, por lo que se hizo lugar al pedido y se dio asistencia según el flujograma del Ministerio de Salud".
Teniendo en cuenta que la medida cautelar fue dictada y notificada el 1 de mayo, es decir cuando la práctica de la IVE ya se encontraba solicitada, ésta resulta de cumplimiento imposible valiéndose de que “las medidas cautelares subsistirán mientras duren las circunstancias que la determinaron".