viernes 19 de abril de 2024
22.9ºc San Juan

Pese al fallo a favor de Franco, la mujer le comunicó a la Justicia que ya se practicó la IVE

Su abogado, Reinaldo Bedini fue el encargado de confirmar este hecho.

Pese al fallo a favor de Franco, la mujer le comunicó a la Justicia que ya se practicó la IVE
martes 04 de mayo de 2021

El caso de Franco no deja de generar polémica. El hombre había presentado un pedido para evitar que su ex pareja interrumpiera su embarazo. En un primer momento, la Justicia desestimó este pedido y el pasado sábado la Sala III de la Cámara de Apelaciones de San Juan había fallado a favor de hombre. Pero la situación no terminó ahí, este martes el abogado de la mujer le comunicó a la Justicia que ella ya se practicó la IVE.

El caso tiene una gran repercusión en la provincia y a nivel nacional porque no hay precedentes. Reinaldo Bedini, abogado de la mujer dijo que "lo sucedido se encuadra en lo que entiende como violencia sexual por parte de Franco hacia su ex pareja" según publica Diario de Cuyo.

"Habiendo sido notificado de la cautelar dictada, viene por el presente a denunciar el cumplimiento imposible de la medida, toda vez que se practicó la interrupción voluntaria de su embarazo. Asimismo, solicita sea revocada la misma por contrario imperio por resultar manifiestamente lesiva para la presentante", reza el documento presentado este martes por Bedini. "El embarazo forzado que el actor pretendía asegurar mediante resolución judicial, ya fue interrumpido, conforme habilita la ley vigente. De esta forma, la pretensión del actor ha devenido abstracta – la propia sentencia de la Cámara fue dictada en abstracto", agregó. 

También agregó que "la Cámara entendió que en el caso existía verosimilitud del derecho del actor. Sin embargo, lo cierto es que la verosimilitud del derecho no está dada por cuestiones fácticas, como la existencia o no de un embarazo en curso, ni tampoco por el hecho de si está acreditada o no la voluntad de la persona gestante de interrumpir ese embarazo conforme le permite la ley. Por el contrario, refiere a si el cónyuge, en este caso el actor, tiene o no un fundamento jurídico para ejercer un derecho a impedir que otra persona ejerza los derechos que le confiere la ley 27.610".

 

Te puede interesar
Últimas noticias