2021-06-18

Ampliaron el grupo de vacunación: todos los esenciales y mayores de 40 años

El anuncio lo realizó la Ministra de Salud, Alejandra Venerando. Hay más de 150 personas incluidas. Conocé cómo inscribirte.

Este viernes, desde el Ministerio de Salud de la provincia anunciaron la ampliación de los grupos que entrarán en el plan de vacunación contra el Covid-19.

A través de una conferencia de prensa, Alejandra Venerando, afirmó que se incluirá a más de 150 mil personas que abarca al grupo de 40 a 49 años, sin comorbilidades y además a todos los trabajadores considerados esenciales durante la pandemia.

“Venimos apostando a la inmunización donde ampliamos la cobertura a las distintas franjas etarias, empezamos con los grupos estratégicos y ahora con un gran esfuerzo del Gobierno y un trabajo en conjunto con todo el ministerio, en conjunto, vamos a ampliar el grupo de personas” afirmó la funcionaria.

Desde este sábado, los nuevos grupos anunciados ya podrán inscribirse en la página https://sisanjuan.gob.ar/vacunacionsanjuan

Personas consideradas esenciales durante la pandemia en la provincia de San Juan.

  1. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  2. Transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  3. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  4. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  5. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  6. Personal de los servicios de justicia con atención al público, conforme establezcan las autoridades competentes.
  7. Personas que deban asistir a otras con discapacidad y comorbilidades, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
  8. Personal de Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  9. Actividades de telecomunicaciones, internet fijo y móvil y servicios digitales.
  10. Personal  bancario con atención al público.
  11. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  12. Personal de hoteles, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario.
  13. Actividad minera de proceso continúo.
  14. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20.
  15. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  16. Actividad registral nacional y provincial.
  17. Personal de organismos de recaudación.
  18. Servicios postales y de distribución de paquetería. El comercio por vía electrónica (e-commerce) en modalidad de entrega a domicilio o delivery.
  19. Personal de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  20. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal con atención al público. Autoridades de Gobierno nacional, provincial y municipal.
Te puede interesar