2022-01-03

El Gobierno prohibió por dos años la exportación de los 7 cortes de carne más consumidos

El nuevo esquema para el sector cárnico quedó oficializado en el Boletín Oficial de este lunes. Abren un registro para frigoríficos exportadores y también ponen en marcha cambios de comercialización por cuartos, en lugar de la famosa media res.

El Gobierno oficializó este lunes el nuevo esquema para la carne vacuna para los próximos dos años. Habrá exportación “libre” de las categorías menos consumidas en el país (como la vaca de conserva) a cambio de fronteras cerradas para los 7 cortes populares, incluido el asado. El régimen rige desde este 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Los siete cortes, cuya exportación ya estaba vedada desde mayo pasado cuando se implementó el cepo cárnico tras el alza de precios al mostrador, son:

  • Asado con o sin hueso;
  • Falda;
  • Matambre;
  • Tapa de asado;
  • Nalga;
  • Paleta;
  • Vacío.

En el decreto 911/21publicado este lunes en el Boletín Oficial, se indica que las medidas que se disponen contribuyen a generar un equilibro entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos”,

La Resolución 301, también publicada hoy, libera “en su totalidad” las exportaciones de vacas de las categorías D, E y toros, así como de huesos con carne resultantes del desposte”.

En tanto, la Resolución 302 abre el registro de exportadores durante 60 días, a fin de que un grupo de productos y nuevas plantas se inscriban para realizar ventas al exterior.

La Resolución 10, dictaminada en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Productivo N°10/21, determina que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kg, y ya no más en “media res”. Para cumplir con estos requisitos se otorgan plazos de hasta 6 meses.

Cuál es el argumento oficial para plantear el nuevo esquema de la carne

Desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca aclararon que las medidas “se han consensuado con las entidades de productores y la industria frigorífica, con el objeto de dar previsibilidad y confianza a la ganadería argentina, garantizando la producción, la exportación y el consumo de los argentinos, en base a los análisis técnicos del sector”.

En ese punto, remarca la creación del “Observatorio de la Carne Vacuna”, que tendrá carácter consultivo y brindará “asesoramiento para impulsar la productividad y generar un buen clima de negocios en la cadena de la carne.

Asimismo, la Resolución 10 determina que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben comercializarse ya no más en media res sino trozos no superiores a los 32 kilos, estipula plazos a los frigoríficos. los de tráfico federal deberán presentar dentro de los 90 días corridos el “Plan de Inversión y Adecuación” de las instalaciones, y ejecutarlo y ponerlo en marcha dentro de 180 días corridos. Los frigoríficos de tráfico provincial o municipal tendrá el doble de plazo: 180 días corridos para presentar el “Plan de Inversión y Adecuación” y 365 días corridos para ejecutarlo y ponerlo en marcha.

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