¿El DNU de Milei es inconstitucional?
El nuevo DNU de Javier Milei generó varias polémicas, entre ellas, si es una medida constitucional o no. El abogado Penalista, Fernando Castro, comentó en Radio Sarmiento que a su juicio es “decreto que le falta la motivación”, es decir, que podría ser nulo por falta de fundamentos.
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“Esto es una facultad constitucional que se otorga con la reforma del 1994. Esos Decretos de Necesidad y Urgencia tienen sus limitaciones, en principio, el texto dice que el Poder Ejecutivo no puede tomar decisiones legislativas con nulidades absolutas. Pero, el texto excluye cosas específicas, por ejemplo, cuestiones relativas al Derecho Tributario, Penal, Electoral y Partidos Políticos”, comentó el abogado penalista.
En base a esto, hay que analizar el contenido del DNU: “De entrada podemos decir que todas las normas a las que hace referencia en materias excluidas expresamente por la Constitución Nacional son inconstitucionales. Fuera de las prohibiciones expresas, tenemos el art. 75 que regula materias propias del Congreso. En base a eso, hay que analizar si es correcto que el Ejecutivo pueda avanzar sobre materias del Congreso. Y, ahí, hay que ver si se avanza en el Derecho Civil y Comercial, si produce reformas que son profundas en temas del sistema laboral, con la ley de contrato de trabajo, si deroga leyes que regulan el trabajo. Vemos que son materias exclusivamente reservadas al Congreso Nacional por la Constitución Nacional. Entendemos ahí que hay un avance del Poder Ejecutivo sobre el Legislativo”.
Por otro lado, el abogado Castro comentó de qué se trata el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU): “Es un decreto del Poder Ejecutivo para dictar normas que son necesarias y urgentes para el ejercicio del mandato. A mi juicio a este decreto le falta la motivación, para que no sea nulo por falta de fundamentos”.