2023-12-22

DNU: ¿Cuál sería la documentación obligatoria para circular?

El reciente Decreto de Necesidad y Urgencia publicado suscitó dudas, ya que no menciona explícitamente la obligatoriedad del seguro vigente.

Tras la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei, surgieron dudas sobre la documentación necesaria en un control de tránsito. El artículo 361 del DNU establece que "la cédula, licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor", excluyendo otros requisitos provinciales o municipales.

No obstante, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclaró que el DNU afecta a la Ley N°6582/58 (facultades del registro automotor), no a la Ley Nacional de Tránsito, que regula los documentos obligatorios para circular en el país. Así, los requisitos para conductores no se ven afectados, y siguen siendo obligatorios:

- Licencia nacional de conducir.
- Cédula verde o azul.
- Comprobante de seguro en vigencia.
- Comprobante de impuesto a la radicación de un vehículo (patente).
- Constancia de VTV o RTO según corresponda.

Sobre el seguro automotor, no mencionado en el decreto, Fernando Álvarez, director Comercial de Libra Seguros, explicó que el texto no afecta la obligatoriedad del seguro según la Ley N°24.449, que requiere cobertura para todos los vehículos.

A pesar de la falta de mención en el DNU, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) sigue siendo un requisito para circular, según la ANSV. Los cambios previstos sobre la VTV se incluirán en una Ley ómnibus que se enviará al Congreso, ampliando centros de verificación.

El gobierno porteño está estudiando los alcances del DNU, y se espera una comunicación al respecto. Por el momento, todos los documentos exigidos para circular, incluyendo seguro y VTV, mantienen su vigencia en la Ciudad, como ocurrió previo al decreto.

Temas de esta nota
Te puede interesar