2025-02-25

Demanda judicial

Para Nación, municipios no pueden reclamar por mantener el CUM en la boleta de la luz y pidió que la causa se tramite en Buenos Aires

Al responder un escrito, el Estado indicó que la resolución que dictó la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación no afecta a las comunas porque no prohíbe el cobro de la tasa.

Por primera vez, Nación respondió al reclamo que los municipios sanjuaninos hicieron en la Justicia para mantener el cobro del Cargo Único Municipal (CUM) en la boleta de la luz. Al hacerlo, la gestión de Javier Milei indicó que las comunas locales no tienen facultad para hacer el reclamo contra la disposición que dictó la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, por una simple razón: dicha resolución no es contra ellos, sino que está dirigida a la empresa de energía que llega adelante la facturación de la tasa, en este caso, Naturgy San Juan, compañía que hasta el momento “no ha iniciado una acción judicial”. Además, Nación explicó que la medida que establece que en la factura de la luz no se pueden agregar cargos que no estén relacionados directamente con el consumo de energía, no “impide, prohíbe o inhibe” que los municipios cobren el CUM, solo que no pueden hacerlo en la boleta de energía. Eso no fue lo único, ya que también le solicitó a la Justicia que remita los expedientes al Juzgado Contencioso Administrativo Federal, con asiento en Buenos Aires, ya que en ese lugar se está tramitando un proceso colectivo. El pedido de cambio de jurisdicción es para evitar que surjan fallos contradictorios por un mismo tema en distintos puntos del país.

Para Nación, la empresa de energía Naturgy es la que puede iniciar una demanda por el cobre del CUM.

La postura de Nación se dio a conocer luego de que los municipios sanjuaninos lograran abrir una puerta para seguir peleando y que el CUM se mantenga en la boleta de la luz. Eso ocurrió después de que el juez Federal, Leopoldo Rago Gallo, les rechazara el pedido de frenar urgentemente la medida que dictó la Secretaría de Industria y Comercio. Antes de avanzar para que la causa se remita a la Cámara de Apelaciones de Mendoza, el magistrado le pidió a la Nación que formule su postura. Es en ese escrito donde el Estado Nacional indicó que los municipios no están facultados para iniciar la demanda, ya que la resolución nacional no es contra ellos, sino contra la empresa de energía. Un punto clave es que el escrito fue presentado en el expediente que inició la municipalidad de Rawson, que encabeza Carlos Munisaga, ya que esa causa es la más avanzada sobre las otras que iniciaron el resto de los departamentos sanjuaninos. Según fuentes judiciales, es un hecho que el escrito se repetirá en los demás expedientes.

El conflicto entre los municipios y Nación por el CUM en la boleta de la luz se inició el año pasado, cuando en septiembre, la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, emitió una resolución que establece que “la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios… deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio”. En el caso de San Juan, afecta al CUM, ya que se trata de un ítem que está relacionado a la tasa de alumbrado público, que cobran los municipios. Según las comunas, sin esa tasa no puede mantener la luz de las calles y otros servicios, lo que favorecería la inseguridad, los accidentes de tránsito y, por ende, se pondría en riego a la sociedad.   

Así, presentaron un amparo en la justicia, con una medida precautelar, solicitando que se frene de manera urgente la disposición de Nación. Esta última acción fue rechazada porque la demanda judicial se presentó en diciembre, mientras que la decisión nacional se dictó en septiembre. Así el juez Federal entendió que la demora que plantean los jefes comunales no está configurada, porque entre ambos escritos pasaron unos 90 días.

Ahora, la gestión de Javier Milei respondió a los intendentes y sostuvo que no pueden hacer el reclamo porque la resolución de la secretaría nacional “en modo alguno alcanza a los Municipios”, así, solicitaron que sea rechazada.

Además, fue más allá al indicar que, lo que se establece es impedir “la facturación “conjunta”, “fusionada” en un mismo documento, respecto de cargos o tasas que resulten ajenos a la naturaleza y prestación del servicio”, porque afecta el derecho de los consumidores. También afirmó que, en el caso del CUM “abulta el importe a pagar por el usuario, desnaturalizando así la prestación del bien esencial” y, con un agravante, “en caso de dificultad o imposibilidad para afrontar el pago de la factura integralmente, por lo abultado del monto, puede ver suspendido o interrumpido la prestación de un servicio esencial”. Así, sostiene que “dicho extremo atenta contra la libertad de elección del consumidor, toda vez que no puede optar si paga o no dichos conceptos ajenos, ya que, de lo contrario, sería pasible de que se le interrumpa eventualmente el suministro de electricidad”.

Sobre el pedido de que la causa se tramite en Buenos Aires, indicó que, en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°3, secretaría N°6, se encuentra en trámite un proceso colectivo que se inició en octubre del año pasado, la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina. Así, busca que todos los expedientes contra la resolución nacional se tramiten en ese juzgado para “evitar sentencias contradictorias”, que puedan surgir por fallos que se dicten en distintos puntos del país.

Si bien se trata de un trámite iniciado en la Justicia Federal, hay quienes entienden que la movida para que la causa se remita a Buenos Aires puede favorecer a la Nación, ya que evitaría algún tipo de influencia de las provincias del interior sobre la causa.   

Para dar una idea de la problemática que tendrían las comunas al no contar con esa contribución en las boletas de la luz, en su reclamo, Rawson dio cuenta de que en 2023 recibió fondos por 823.861.052 pesos, mientras que desde enero a septiembre del 2024 el monto ascendió a 2.429.672.241 pesos.

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