2025-03-26

En la Justicia Federal

Por ahora, Capital es el único municipio que desistió del reclamo a Nación para mantener el CUM en la boleta de la luz

La comuna sostiene que, tal como lo dice el EPRE, Nación no puede interferir en la factura de servicio, ya que la provincia es la que tiene esa facultad.

El reclamo comunal contra la Nación por la inclusión del Cargo Único Municipal (CUM) en la boleta de la luz tuvo un giro de parte de uno de los municipios. Según quedó confirmado, y tal como había adelantado este medio, Capital que conduce la orreguista Susana Laciar, decidió desistir del planteo, ya que le pidió al juez que interviene en la causa que diera de baja el reclamo. ¿El motivo? Sostiene que ahora la acción “carece de sustento” porque el Ente Provincial Regulador de la Electricidad local (EPRE) emitió resoluciones en las que confirma que la decisión de la gestión de Javier Milei, de prohibir que se agreguen ítems a las facturas de servicios que sean ajenas al consumo, no se puede aplicar en San Juan. Es que la entidad de control del servicio eléctrico afirma que la provincia es la que tiene la competencia para decidir qué se puede incluir y qué no en la factura de la luz y no Nación a través de una resolución. Hasta el momento, Capital es el único municipio que planteó la baja, la cual fue concedida por el Juez. El resto de los jefes comunales mantienen el reclamo, pero no se descarta que sigan el camino de la Ciudad, indicaron fuentes calificadas.

Naturgy mantiene el CUM en la boleta de la luz a pesar de que fue intimado por Nación.

 

0264noticias había adelantado que los intendentes analizaban desistir del reclamo judicial contra la Nación, tomando como base las resoluciones del EPRE, pero en el fondo, fuentes calificadas habían indicado que el motivo real era que las comunas recibieron un primer revés judicial y luego la causa pasó a Buenos Aires, lo que hacía más difícil el trámite del expediente y obtener un fallo favorable. A fines del año pasado, los municipios le pidieron al juez Federal Leopoldo Rago Gallo que frene la resolución que dictó la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, que dispuso la prohibición de sumar valores a las facturas de los servicios que no tengan que ver directamente con el consumo. En San Juan, dicha medida aplica para el CUM, ítem que refleja el consumo del alumbrado público junto con el gasto de luz de los edificios municipales. Tras la presentación, el magistrado rechazó el pedido al señalar que no existía el peligro que alegaban los intendentes porque la resolución nacional se emitió en septiembre y el reclamo se planteó recién en diciembre. Luego, la administración central solicitó que las causas se tramiten en Buenos Aires porque en esa jurisdicción se entabló un proceso colectivo, que puede definir el reclamo para todo el país. Ante ese escenario, fuentes calificadas indicaron que los intendentes veían difícil obtener un fallo favorable, por lo que analizaban el desistimiento.

Capital pidió dar de baja la causa a principios de mes, pero quedó oficializada recién a fines de la semana pasada cuando el juez federal del Juzgado Contencioso Administrativo Nº3, Santiago Carrillo, emitió la resolución indicando que “téngase a la parte actora por desistida la acción, en consecuencia, declárese extinguido el presente proceso”, por lo que se dispone su archivo.

Sobre los fundamentos, Capital sostuvo que “la acción carece de sustento, toda vez que el EPRE se ha expedido” sobre el tema después de que se realizara el reclamo judicial. La entidad de control emitió dos resoluciones, una en diciembre y otra en febrero, en las que indica, según la Ciudad de San Juan, que se ha establecido “con meridiana claridad la competencia en relación con el suministro de electricidad en la provincia”. Es que, según el EPRE, el Estado Provincia, al ser el titular del Servicio Público de Distribución es la autoridad que “determina y fija qué conceptos e ítems se deben incluir en la factura, con exclusión de toda voluntad extraña”. Además destaca que “pretender la aplicación de la resolución nacional, implicaría un evidente conflicto de competencia y un posible avasallamiento de las autonomías provinciales y atribuciones constitucionales y legales de la provincia de San Juan”.

Las resoluciones del EPRE fueron emitidas como resultado de distintos reclamos que hicieron usuarios para que se cumpla con la disposición nacional, lo que fue rechazado.

El CUM es clave para los municipios, al punto que, según pudo confirmar este medio, la comuna de Rawson, que lidera Carlos Munisaga, afirmó que en 9 meses del año pasado recibió por ese concepto 2.500 millones de pesos, los cuales serían difíciles de cobrar bajo otro mecanismo que no sea dentro de la boleta de la luz.

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