En la Cámara de Diputados
Mientras el Gobierno prepara un proyecto de ley de proveedores mineros, el bloquismo presentó el suyo
La gestión orreguista desde hace tiempo viene trabajando con distintos sectores en la elaboración de un proyecto de ley de proveedores mineros. En eso, la bancada bloquista confeccionó uno propio, que apunta a que las empresas mineras contraten un 80 por ciento de empleo local y un 70 por ciento de proveedores sanjuaninos que presten servicios, produzcan bienes o realicen obras. Tales porcentajes aparecen como “metas de referencia” y no obligatorios, dado que su aplicación dependerá de la etapa en la que se encuentre el proyecto y la “disponibilidad real de oferta local”.
¿La presentación de la iniciativa tuvo como fin “primerear” al orreguismo? El diputado y presidente del bloquismo, Luis Rueda, explicó que el proyecto tiene su génesis en la mirada hacia el departamento Iglesia, el cual alberga los proyectos Josemaría y Filo del Sol, que explotará la minera Vicuña. El distrito cordillerano, además, es un bastión del Partido Bloquista, al punto que la iniciativa fue elaborada con el legislador iglesiano Gustavo Deguer, sumado a que también aseguró que lo han charlado con el intendente Jorge Espejo. El otro autor es Federico Rizo.
La fuerza política que fundaron los hermanos Cantoni es aliada del orreguismo y Rueda destacó que, una vez que el oficialismo presente su propio proyecto, se trabajará en conjunto para sacar la mejor norma.
El tema de los cupos o, en este caso, “metas de referencia”, genera resquemor en las compañías mineras, debido a que no les cae bien las imposiciones y apuntan a una competencia entre proveedores para tener calidad a un costo accesible.
El Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) contiene un cupo del 20 por ciento para la contratación proveedores locales, pero, la definición de “local” que le dio la Nación abarcó a todo el país. Frente a ello, el ministro de la Producción, Gustavo Fernández, había dicho el año pasado en el programa radial “A todo o nada” que iban a presentar un proyecto para que ese porcentaje “se cumpla en la provincia”. No fue lo único, ya que también resaltó que las compañías deberán presentar un plan de desarrollo de proveedores para que “se comprometan a contratar mucho más” de esa cifra”.
Hasta el momento, la iniciativa oficial no ve la luz y han trascendido ciertos reparos de las empresas ante una normativa en ese sentido.
Mientras tanto, el plan del bloquismo indica que las empresas deberán “orientar su desempeño” a la contratación del 80 por ciento de empleo local y el 70 por ciento de proveedores sanjuaninos.
De esa forma, no se señala imposición alguna, aunque las compañías sí deberán presentar obligatoriamente un “Plan de Empleo Local y de Desarrollo de Proveedores, de carácter plurianual y actualización anual”. Entre los objetivos, figura “la capacitación de trabajadores y proveedores y la articulación con municipios y comunidades de las zonas donde se desarrollen los proyectos mineros”.
El proyecto sí contempla infracciones y, por lo tanto, sanciones a las compañías que incumplan con “las obligaciones de información y presentación de declaraciones juradas”, la “presentación de información falsa, incompleta o engañosa”, la “obstrucción u obstaculización de las tareas de control y fiscalización” y “el incumplimiento injustificado y reiterado de los planes de empleo local y desarrollo de proveedores aprobados”.
También se establece la creación del Registro Provincial de Proveedores Mineros, el que estará bajo la órbita del Ministerio de Minería. Así, se fijan ciertas exigencias para ser considerado proveedor local. Por ejemplo, una empresa debe tener radicación real en la provincia con un mínimo de 12 meses, tener en su plantilla al menos el 80 por ciento de trabajadores con domicilio en San Juan y contar con un establecimiento productivo permanente.
Además, se fija que las políticas de contratación de empleo y proveedores tendrán un orden de prioridad. El primer lugar lo tienen aquellos trabajadores, empresas y Pymes radicadas en el departamento en el que “se desarrolla la actividad o el proyecto minero”. En segundo nivel, están los ubicados en lo que se considera zona de influencia. En tercer término, en el resto de la provincia y, por último, los de otras provincias, “cuando no exista oferta local suficiente o técnicamente adecuada”.
Incluso, se establece la prioridad a los proveedores locales cuando compitan en una contratación o licitación y su propuesta sea técnicamente equivalente a sus rivales y el “precio no superen en más de un 15 por ciento al de proveedores no locales”.