2026-05-11

DICTAMEN

Concedieron la prisión domiciliaria a Julio De Vido y dejará la cárcel de Ezeiza

El exministro de Planificación recibió este lunes el beneficio, luego de que sufriera un infarto el mes pasado.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal autorizó el arresto domiciliario para Julio Miguel De Vido, exministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, fundamentando su decisión en el delicado estado de salud del ex funcionario condenado en la causa “Tragedia de Once 2”.

La medida implica controles periódicos y queda sujeta a la modalidad que determine el magistrado interviniente, según informó la propia Sala III compuesta por Mariano Hernán Borinsky, Carlos A. Mahiques y Guillermo J. Yacobucci. Será trasladado desde el penal de Ezeiza. El domicilio propuesto por la defensa es la casa del ex funcionario de la localidad de Zárate.

El tribunal federal fundamentó su resolución considerando la multiplicidad de enfermedades crónicas diagnosticadas a De Vido, de 76 años, así como el episodio cardíaco sufrido recientemente, que motivó una internación por arritmia y una intervención con angioplastía y colocación de stent.

La defensa, liderada por el abogado Maximiliano Rusconi, apeló la decisión del Tribunal Oral Federal N° 4, que el 16 de abril había negado la prisión domiciliaria.

Según la presentación, De Vido sufre enfermedad cardiovascular arteriosclerótica difusa, diabetes tipo 2 insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión, además de antecedentes de ACV. Entre los datos incorporados, se describió un infarto agudo de miocardio ocurrido el 1 de abril de este año, que requirió traslado urgente y atención en tres centros médicos diferentes, incluida una angioplastia con implante de stent.

El informe del Cuerpo Médico Forense

El Cuerpo Médico Forense advirtió que, si el entorno carcelario no cumplía de manera estricta con las recomendaciones médicas señaladas, se incrementaba el peligro de crisis de salud o complicaciones irreversibles para el ex funcionario.

El expediente médico presentado ante la Cámara Federal de Casación Penal detalla que De Vido debió ser sometido a una cardioversión eléctrica, a una cinecoronariografía y a una posterior revascularización coronaria. Desde entonces requiere tratamiento permanente con anticoagulantes (apixaban) y antiarrítmicos (amiodarona), a los que se suma la necesidad de dieta controlada, controles clínicos de seguimiento y una infraestructura sanitaria adecuada para su condición de paciente de alto riesgo cardiovascular.

Las autoridades judiciales destacaron, según el fallo difundido, que la unidad penitenciaria donde De Vido se encontraba privado de libertad carece de los medios suficientes y apropiados para proveer todas las condiciones recomendadas como imprescindibles por el Cuerpo Médico Forense.

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