2026-09-19

Resonante caso

Al aplicar el mismo criterio que en casos similares, Fiscalía no avanzará contra el juez Mattar y perfila que la causa será archivada

Fuentes oficiales indicaron que la decisión está tomada aunque resta la formalización a través de un escrito. Una vez cumplida esa etapa, el propietario de la moto podrá avanzar en una causa, pero de manera particular, sin la intervención del Ministerio Público.

El Ministerio Público Fiscal tomó una decisión: no avanzará en la causa en la que el juez de Faltas de la provincia, Enrique Mattar, está imputado por haberle ocasionado lesiones a un motociclista producto de un siniestro vial. ¿El motivo? Se trata de un hecho en el que el conductor del rodado terminó con lesiones leves y, en casos anteriores, similares, el Ministerio Público aplicó un “criterio de oportunidad”. Se trata de una facultad que tiene Fiscalía de disponer de la acción penal y así desistir de perseguir al presunto responsable. Un dato no menor es que existieron ofrecimientos de dinero para alcanzar una “reparación integral del daño”, valores que no fueron aceptados por la víctima, por lo que algunos entienden que existe un desinterés por parte del interesado, lo que refuerza la postura del Ministerio Público. La decisión fiscal trascendió esta semana, a días de que venza el plazo de investigación penal preparatoria (IPP), que cierra el 28 de este mes.

El 28 de mayo se hizo la audiencia contra el juez de Falta, Enrique Mattar.

 

El hecho por el cual el juez de Faltas de la provincia quedó en la mira fue el que se produjo el miércoles 6 de mayo, cuando, según las versiones, circulando por calle 9 de Julio, habría pasado un semáforo en rojo, el de avenida Rawson, impactó contra un motociclista y continuó su marcha, sin detenerse para atender al herido. La situación fue un escándalo, ya que Mattar, como juez de Faltas, juzga y sanciona infracciones a la ley de tránsito, como las que presuntamente él fue protagonista. Además, el hecho se sumó a otros episodios anteriores en los que quedó involucrado, como el que ocurrió el 21 de marzo de 2018, cuando chocó en la esquina de Brasil y Entre Ríos, en Capital, y donde viajaba una mujer embarazada de cuatro meses junto a su hija de dos años, quienes debieron ser trasladadas al Hospital Rawson por precaución. Tras ese hecho trascendió que Mattar circulaba con el carné de conducir vencido, situación que posteriormente reconoció públicamente y atribuyó a un “olvido”. Después, en septiembre de ese año, volvió a quedar involucrado en otro siniestro vial mientras manejaba por avenida Córdoba e impactó contra una camioneta Amarok, en inmediaciones del Teatro del Bicentenario.

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Por el accidente del 6 de mayo, Mattar fue presentado ante el juez de Garantías Matías Parrón y, a pedido del fiscal de la UFI Delitos Especiales, Roberto Ginsberg, junto con el ayudante fiscal Emiliano Pugliese, quedó imputado por lesiones culposas leves. Se trata de un delito menor que tiene una pena máxima de tres años de cumplimiento condicional, esto es, sin ir tras las rejas. El juez y la defensa de Mattar aceptaron la postura del fiscal, y se abrió una investigación por un plazo de cuatro meses, los que vencen el 28 de septiembre.

Tras esa audiencia, el abogado del juez de Faltas, Mario Padilla, confirmó que existieron ofrecimientos para con la víctima, con el objetivo de acceder al mecanismo de reparación integral, lo que implica la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las partes para no ir a juicio y que la causa se archive. Según trascendió, los ofrecimientos no fueron aceptados, por lo que el expediente quedó abierto. Un dato no menor es que el motociclista tampoco se presentó como parte querellante en la causa, por lo que tampoco pudo acceder al expediente y solicitar medidas.

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Bajo ese escenario es que fuentes oficiales indicaron que el Ministerio Público no avanzará en la causa y aplicará un “criterio de oportunidad”, establecido en el Código Procesal Penal de la provincia, y solicitará el archivo de la misma. Es que, en casos similares anteriores, en accidentes de tránsito con lesiones leves, Fiscalía decidió no avanzar para evitar que exista un uso excesivo de la Justicia para casos menores. La ley posibilita esa acción cuando en el artículo 35 establece que “los representantes del Ministerio Público Fiscal pueden prescindir total o parcialmente del ejercicio de la acción penal pública”, cuando “se trate de un hecho que, por su insignificancia, por lo exiguo de la contribución del partícipe o por su mínima culpabilidad, no afecte mayormente el interés público, salvo que sea cometido por un funcionario público con abuso de su cargo”, lo que no aplica para este caso, ya que Mattar no estaba en sus funciones. Además, la norma establece que “el imputado puede plantear ante el fiscal la aplicación de un criterio de oportunidad, fundando su pedido en que se ha aplicado a casos análogos al suyo”, situación que al parecer ha ocurrido.

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Sin la intervención fiscal, una vez que sea notificado, a la víctima le queda una opción: reconvenir la acción penal, hacerla propia y seguir el proceso contra el juez Mattar de manera individual. Según se pudo conocer, una vez que el fiscal firme la decisión y se lo comunique a la víctima, tiene un plazo de 60 días para decidir si quiere llevar a Mattar a juicio, para lo que tendrá que realizar una investigación particular, con la presentación de pruebas y testigos, situación que muchos ven difícil por la pesada carga que implica.

Así, perfila que la causa penal contra el juez de Faltas de la provincia quede en la nada, sin que se determine si existió culpabilidad por el accidente vial.      

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