2026-09-20

Plan Rombo y Galante D’Antonio

Pagó 18 cuotas de más y no le entregaban el auto; ganó un juicio y Renault se lo debe llevar a su casa e indemnizarlo con $65 millones

El cliente había accedido a un plan de ahorro a través de Instagram y trató con una concesionaria de Buenos Aires. Sufrió distintos problemas, aunque ya tuvo dos fallos judiciales a su favor y la sentencia quedó firme.

Hugo Orlando Díaz, un trabajador de Jáchal, vivió un calvario al contratar un Plan Rombo de Renault a través de la red social Instagram para comprar una camioneta Duster Oroch. Pagaba las cuotas mensualmente y, para lograr la adjudicación, vendió su auto con el fin de adelantar los desembolsos y ganar la licitación. Pese a que lo logró, la concesionaria bonaerense Galante D’Antonio no le quiso entregar la movilidad en San Juan, le bajaron la adjudicación, no le computaron el anticipo de plata ni se lo devolvieron y, encima, le cobraron 18 cuotas de más, luego de que cancelara el plan.

Fue así que el cliente dijo basta: primero, puso la denuncia en Defensa al Consumidor y, luego, buscó un abogado y metió la demanda en la Justicia. Hace unas semanas, los jueces Juan Carlos Noguera, Sergio Rodríguez y Juan Carlos Pérez, de la Sala III de la Cámara Civil, ratificaron la condena contra Plan Rombo SA y la concesionaria Galante D’Antonio. Ahora, no solo deberán entregarle la Duster Oroch en San Juan, sino en la puerta de su casa, e indemnizarlo con un total de 65 millones de pesos.

Unanimidad. El juez Juan Carlos Noguera votó en contra de las empresas ligadas a Renault, posición que compartieron Sergio Rodríguez y Juan Carlos Pérez.

 

El monto lo confirmó su abogado, Sergio Bloise, quien contó que está en contacto con los representantes de ambas firmas para la ejecución de la sentencia. Ni desde Renault ni la concesionaria acudieron a la Corte de Justicia, por lo que el fallo de la Sala III, que ratificó y retocó algunos puntos de la sentencia del juez Humberto Conti, del Cuarto Civil, quedó firme.

Bloise contó que Díaz accedió al plan de ahorro de Renault en 2017, luego de ver una publicidad que le llegó por Instagram. El cliente tuvo contactos con los representantes de la concesionaria ubicada en San Isidro, Buenos Aires, y quedaron en que la entrega del vehículo iba a ser en San Juan.

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Mientras abonaba las cuotas, Díaz vendió su propio auto para aportar 154.430 pesos con el fin de ganar la licitación y adjudicar la unidad. Lo consiguió, pero la concesionaria se negó a entregarle la camioneta en San Juan y le exigió que viajara a Buenos Aires para firmar el pedido de la unidad.

El cliente explicó que, por cuestiones económicas, no podía hacer tal viaje y Galante D’Antonio lo obligó a ir a San Luis, donde tiene una sucursal. Fue hasta la provincia puntana, firmó los papeles, pero su abogado indicó que desde Buenos Aires le dieron de baja a la adjudicación, bajo el argumento de una supuesta “demora” en la tramitación “que fue causada por la propia concesionaria”, resaltó Bloise.

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Ni Plan Rombo ni Galante le devolvieron los más de 154 mil pesos ni los computaron a favor del pago de cuotas futuras. Pese a que le quitaron la adjudicación, le siguieron enviando las cuotas bajo el pretexto de rescindirle el plan en su totalidad. Frente a esa situación, Díaz siguió pagando hasta cancelar la totalidad de las 84 cuotas e, incluso, terminó abonando de más: 18 pagos extra.

Luego de que entablara la demanda, el juez del Cuarto Civil sacó una cautelar en la que le ordenaba a Plan Rombo a cesar en el cobro de las cuotas y abstenerse de declararlo en mora o rescindir el contrato. Sin embargo, Bloise indicó que se desobedeció la orden judicial y se le rescindió el contrato bajo el argumento que adeudaba tres cuotas.

Demandante. El abogado Sergio Bloise, en una entrevista en el programa Demasiada información, por otra causa. Ahora, demandó a Plan Rombo y una concesionaria bonaerense.

 

Tras el fallo a favor en primera instancia, hubo apelación tanto del abogado del cliente (que buscó el aumento de rubros indemnizatorios) como de las empresas. Así, los miembros de la Sala III le hicieron lugar, de forma parcial, al reclamo de Bloise y rechazaron los planteos de Plan Rombo y Galante D’Antonio.

En su voto, el camarista Juan Carlos Noguera, al que adhirieron sus colegas, sostuvo que en el expediente “se ve claramente un incumplimiento reiterado por parte de las demandadas, con negativas injustificadas a satisfacer los derechos del consumidor, y con comportamientos que denotan desinterés o desprecio de las obligaciones legales asumidas”.

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Incluso, remarcó que “se desprende un grave menosprecio por los derechos del consumidor, ya que ambas empresas no solo ignoraron los reclamos administrativos y judiciales, sino que además violaron la medida cautelar innovativa al intentar intenta rescindir el contrato mientras el cobro de las cuotas estaba suspendido por orden judicial”.

Por esa razón, los camaristas elevaron el monto de la multa civil o daño punitivo contra Plan Rombo y Galante, que en definitiva lo termina cobrando el damnificado. El juez Conti le había impuesto una sanción equivalente a 10 Canastas Básicas Hogar Tipo 2. Se trata de un grupo familiar compuesto por una pareja de adultos y dos niños (hija de 8 años y varón de 6), que en agosto necesitó de 1.605.497 pesos para cubrir la Canasta Básica Total y no caer en la pobreza, según el INDEC. Bajo ese parámetro, 10 canastas de ese tipo equivalen a 16.054.970 pesos.

Primer paso. El juez Humberto Conti, del Cuarto Civil, condenó a las empresas. Su fallo fue apelado y sufrió retoques en montos indemnizatorios.

 

Noguera, Rodríguez y Pérez aplicaron una sanción de 25 Canastas Básicas y en base a un Hogar Tipo 3, que incluye a un tercer hijo en el hogar. Dicha canasta está desde agosto en 1.689.655 pesos. De esa forma, la multa civil escaló a 42.241.375 pesos.

Además, los jueces de la Sala III le hicieron lugar a Bloise con respecto al pedido de la actualización por intereses. Por eso, dispusieron que “sean calculados desde que sucedió el perjuicio en junio de 2018 (fecha de denuncia en Defensa al Consumidor) hasta la sentencia con tasa pura del 8 por ciento anual. Y, desde la sentencia hasta su efectivo pago, tasa activa”.

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De esa forma, el abogado señaló que la indemnización total (daño punitivo y moral) alcanzó los 65 millones de pesos. Entre ese monto, también se encuentra una multa por otro incumplimiento, ya en la ejecución de la sentencia, llamada astreintes. Luego de que el fallo quedara firme y que venciera un plazo, las empresas continuaron demorando la entrega del vehículo y el pago de la indemnización.

La Justicia le hizo lugar a la aplicación de dichos astreintes por el incumplimiento, el cual está cerca de los 5 millones de pesos y que componen la indemnización total. Ese dinero se cobra por día de demora, por lo que, si continúan con dilaciones, la cifra seguirá creciendo.

 

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