LOS DETALLES
A más de un año del hecho, fiscalía decidió no investigar el accidente que involucró a un nieto de José Luis Gioja por entender que no existió “imprudencia grave”
Más de un año después del violento accidente ocurrido en una esquina de Capital, la Unidad Fiscal de Delitos Especiales resolvió prescindir de la acción penal pública contra Fabricio Gabriel Gioja Gilabert, quien conducía la camioneta involucrada en el siniestro y es nieto del exgobernador José Luis Gioja. En el siniestro, otro joven resultó con serias heridas y demandó de mucho tiempo de rehabilitación.
La decisión fue tomada por el fiscal Sebastián Gómez mediante una resolución fechada el 29 de septiembre de 2026, en la que dispuso aplicar el denominado criterio de oportunidad. Según fundamentó, luego de analizar las pruebas incorporadas al expediente no encontró elementos que permitieran sostener la existencia de una “imprudencia grave” en la conducta del conductor.
El hecho investigado ocurrió el 6 de julio de 2025, alrededor de las 6 de la mañana, en la intersección de Maipú y General Acha, en Capital. Allí, la Toyota Hilux que conducía Gioja impactó contra un Peugeot 308 en el que circulaba Elías Rodrigo Peze López.
De acuerdo con la reconstrucción incorporada en la resolución, Gioja circulaba por Maipú de oeste a este y, al llegar a General Acha, no habría respetado la señalización de PARE ubicada sobre su arteria. En ese momento se produjo el impacto contra el Peugeot, que avanzaba por General Acha de sur a norte.
El joven sufrió lesiones graves
Como consecuencia del choque, Peze López sufrió heridas de consideración y debió ser trasladado al Hospital Rawson. En aquel momento se informó que presentaba traumatismo encéfalo craneano con contusión hemorrágica, fractura de cráneo y de órbita ocular, traumatismo facial con múltiples fracturas, traumatismo cerrado de tórax con hemorragia interna y politraumatismo grave.
La gravedad del cuadro obligó a que fuera internado en terapia intensiva y permaneciera en coma inducido, con pronóstico reservado.
En el expediente, además, consta que un médico legista determinó 60 días de incapacidad para la víctima.
La investigación incorporó distintos elementos, entre ellos actas policiales, una inspección ocular con croquis, documentación médica, la historia clínica de Peze, documentación del vehículo conducido por Gioja, un informe de Policía Científica, la planilla prontuarial, el resultado de la alcoholemia y detección de estupefacientes, evidencia digital, una pericia accidentológica y documentación vinculada a un expediente civil.
Por qué la Fiscalía decidió cerrar la vía penal
El fiscal Gómez explicó que para aplicar un criterio de oportunidad tuvo en cuenta, entre otros aspectos, la materialidad del hecho, su calificación legal, la inexistencia de circunstancias agravantes y el interés social comprometido.
En particular, sostuvo que el caso no encuadraba dentro de los supuestos que el Ministerio Público Fiscal considera de grave afectación al interés público y remarcó que no surgían elementos que evidenciaran una imprudencia grave manifiesta.
La resolución señala expresamente que, a partir de los elementos reunidos, se consideró acreditada la posibilidad de disponer de la acción penal debido a la “escasa lesividad, ausencia de interés social comprometido y ausencia de elementos de convicción que evidencien grave imprudencia o temeridad del imputado en la conducción automotor”.
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Es decir, la decisión fiscal no implica que el accidente no haya sido investigado. Por el contrario, el expediente reúne distintas medidas y pericias realizadas después del choque. Lo que resolvió el fiscal es no continuar con la persecución penal pública al considerar que no estaban dadas las condiciones para sostenerla bajo los criterios establecidos por la legislación provincial.
Hubo una propuesta de 10.000 dólares que la víctima rechazó
Otro de los aspectos mencionados en la resolución es la situación vinculada a la reparación del daño.
El fiscal dejó constancia de que la camioneta involucrada contaba con cobertura de Rivadavia Seguros al momento del accidente y consideró que, desde el punto de vista de la reparación económica, el daño se encontraba prima facie garantizado.
Además, existe un expediente que tramita ante el 8° Juzgado Civil de San Juan, en el que se dispuso un embargo preventivo sobre un inmueble vinculado a la persona jurídica titular de la Toyota Hilux.
En paralelo, la defensa de Gioja había intentado alcanzar una salida alternativa mediante una propuesta de conciliación. Según consta en la resolución, ofreció USD 10.000.
La propuesta, sin embargo, no fue aceptada por Peze López, por lo que no hubo acuerdo entre las partes.
La víctima todavía puede continuar por la vía privada
La decisión de la Fiscalía tampoco significa que Peze López quede sin posibilidad de reclamar. La propia resolución establece que, al aplicarse el criterio de oportunidad, la víctima queda habilitada a convertir la acción penal pública en una acción privada.
Para hacerlo, deberá cumplir con los requisitos previstos por el Código Procesal Penal de San Juan y tiene un plazo de 60 días desde la comunicación de la aplicación del criterio de oportunidad.
De concretarse esa conversión, el reclamo deberá continuar mediante una querella y bajo las reglas correspondientes a los procesos de acción privada.
Finalmente, el fiscal Sebastián Gómez dispuso aplicar el criterio de oportunidad y prescindir de la acción penal pública, además de comunicar la resolución a las partes. La medida quedó fechada el 29 de septiembre de 2026.