Resolución
Paso clave en reclamo judicial que hicieron los padres por la falta de clases en los preuniversitarios: la UNSJ tiene 5 días para responder
Los padres de los alumnos de los Colegios Preuniversitarios recibieron una buena noticia. La Justicia Federal dio el primer paso para tratar el amparo colectivo, junto con una medida cautelar, con el objetivo de que sus hijos no sufran más los paros docentes y de personal no docente y, además, recuperen las clases perdidas hasta la fecha. Tal como lo esperaban, el fiscal federal Francisco Maldonado aceptó la competencia de la Justicia Federal para analizar el planteo. Se trata de una resolución clave que le da curso inicial al reclamo y que, además, permitió que el juez de la causa, Leopoldo Rago Gallo, a cargo del Juzgado Federal Nº 1, resolviera correrle traslado a la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ), que, en un plazo de cinco días hábiles desde que sea notificada, deberá emitir una respuesta. Esto es un “informe” que deberá ser enviado al juzgado “sobre los antecedentes y fundamentos de la medida impugnada, debiendo también ofrecer la prueba de que intente valerse”. Luego, la Justicia quedará en condiciones de tomar una decisión.
La resolución de Maldonado se emitió el miércoles y, según pudo conocer este medio, indicó que “entiendo que la Justicia Federal es competente para intervenir en la presente causa atento encontrarse demandado un organismo aforado al Estado Nacional como lo es la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ)”. Eso no fue lo único, ya que hizo referencia a que “se trata de una acción de amparo colectivo en contra de la UNSJ”, por tratarse del mecanismo legal más idóneo para la pretensión de quienes realizaron la presentación, porque “lo que se pretende por esta vía es que se condene a la demandada (UNSJ) a arbitrar todas las medidas a su alcance, en su carácter de autoridad de aplicación y empleadora del personal docente de los Institutos Preuniversitarios”.
También aclaró que el objetivo es claro: “hacer cesar la afectación del derecho a la educación de los alumnos representados, garantizado por el art. 14 de la Constitución Nacional, art. 71 C.P, arts. 28, concordantes de las Convenciones de Derechos Humanos con jerarquía constitucional (arts. 75 inc. 22) y arts. 1, 2, 5 y concordantes de la ley 26.206”, así “como también normativa complementaria; y garantizar la normalización del dictado de clases, el cumplimiento del calendario escolar oficial y de los pisos mínimos de días de clase legalmente exigidos”.
La decisión fiscal no es menor, ya que confirmó que el planteo de los padres de los alumnos de los Colegios Preuniversitarios es un reclamo del que debe tomar intervención la Justicia Federal. Incluso, con ese paso cumplido, el magistrado resolvió “girarle oficio” a la UNSJ, para que esta se pueda defender e, incluso, tal como lo indica la ley, le dio un plazo de cinco días hábiles desde que sea notificada para que “informe al juzgado en forma circunstanciada sobre los antecedentes y fundamentos de la medida impugnada, debiendo también ofrecer la prueba de que intente valerse”.
El amparo colectivo fue presentado formalmente el 24 de septiembre y en ese escrito se presentaron los padres de 10 alumnos solicitando que se dicte una medida cautelar mientras se tramita el planteo de fondo y, así, se ordene a la UNSJ “garantizar, durante la vigencia de cualquier medida de fuerza gremial que afecte a los IPU (Institutos Preuniversitarios), la prestación de los servicios educativos en el piso mínimo del setenta y cinco por ciento (75%) que exige el artículo 101 de la Ley N° 27.802 -que modifica el artículo 24 de la ley 25.877- para la educación preescolar, primaria y secundaria en tanto actividad esencial y trascendente, arbitrando a tal fin los mecanismos de guardia mínima, conciliación obligatoria y demás, que la normativa laboral y administrativa pongan a su disposición”.
Eso no fue lo único, ya que solicitaron que se “elabore y ponga en ejecución un plan de recuperación de los días y contenidos de clase perdidos durante el ciclo lectivo 2026, de modo de asegurar el cumplimiento efectivo de los pisos mínimos de días de clase establecidos por la Ley N° 25.864 (180 días), por la Resolución del Consejo Federal de Educación que eleva dicho piso a 190 días, y por el artículo 11 de la Ordenanza N° 1/2014-R (33 semanas de período útil de actividades escolares) que rige específicamente a los IPU”.
Según el registro elaborado por los propios padres autoconvocados, hasta el martes pasado, los alumnos acumulan 41 días sin clases, una situación que llevó a las familias a recurrir a la Justicia.
La medida inusual que llevaron adelante los padres de los alumnos de los colegios se dio por las medidas de fuerza que realizaron tanto los gremios docentes como no docentes, que derivaron en paros y afectación del servicio educativo. El reclamo en la casa de altos estudios tuvo un contexto nacional por el financiamiento universitario frenado por el Gobierno nacional de Javier Milei y que, ahora, tuvo un nuevo capítulo por una resolución judicial que obligó a la administración nacional a cumplir con la ley. El Gobierno nacional apeló dicho fallo, por lo que las distintas universidades del país planean una movilización al Congreso prevista para el 15 de octubre.