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El Gobierno aprobó un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados de la administración pública nacional

Este régimen estableció tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica.

El Gobierno nacional aprobó un nuevo régimen de retiro voluntario para el personal de planta permanente y los trabajadores contratados por tiempo indeterminado de las jurisdicciones y organismos que integran la Administración Pública Nacional centralizada, dentro del ámbito del Poder Ejecutivo.

La medida quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

Según lo dispuesto, la inscripción estará abierta del 1 al 30 de noviembre de 2026. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública podrá extender el plazo por única vez, durante un máximo de 30 días corridos.

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El régimen contempla tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica, que varían según la edad, los años de aportes previsionales y la antigüedad laboral.

El primer grupo comprende a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que todavía no reúnen los aportes necesarios para acceder a la jubilación ordinaria.

En estos casos, los trabajadores podrán optar entre cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que ocurra primero. Durante ese período se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y de obra social.

La segunda alternativa consiste en recibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un límite de 18 remuneraciones. El monto tampoco podrá superar el equivalente a los meses que resten para cumplir los requisitos jubilatorios.

El segundo grupo incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes jubilatorios.

Para estos trabajadores, la compensación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. Además, recibirán una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos, sin que se aplique el límite vinculado con el tiempo restante para alcanzar los requisitos jubilatorios.

Por último, el tercer grupo está integrado por mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. En este caso, la gratificación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un tope de 20 remuneraciones.

A ese monto se sumarán cuatro sueldos adicionales para quienes tengan menos de 15 años de antigüedad en planta permanente y cinco remuneraciones adicionales para quienes alcancen o superen ese período.

El decreto también establece una serie de restricciones para acceder al retiro voluntario. Entre los excluidos se encuentran los empleados procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional, salvo que obtengan una absolución firme antes del cierre de la inscripción.

Tampoco podrán adherirse quienes tengan sumarios administrativos en trámite por hechos que puedan derivar en cesantía o exoneración, o por conductas que pudieran haber ocasionado un perjuicio fiscal, así como aquellos que tengan pendiente un procedimiento disciplinario que pueda derivar en esas sanciones.

La normativa también alcanza a los trabajadores que hayan iniciado reclamos administrativos o acciones judiciales contra el Estado por cuestiones vinculadas con su relación laboral. En esos casos, podrán acceder si desisten voluntariamente del proceso, mediante el procedimiento correspondiente. Se exceptúan los reclamos y acciones fundados en la Ley de Riesgos del Trabajo.

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Quedarán excluidos, además, quienes hayan iniciado trámites para obtener una jubilación ordinaria, un retiro por invalidez, una prestación por edad avanzada u otro beneficio previsional equivalente; quienes ya reúnan los requisitos para acceder a la jubilación; quienes hayan presentado su renuncia y estén a la espera de su aceptación; y quienes se encuentren en situación de disponibilidad durante la vigencia del régimen.

Por otra parte, el decreto dispone que los organismos alcanzados deberán adoptar las medidas necesarias para eliminar los cargos presupuestarios correspondientes al personal que se acoja al retiro voluntario, a partir de la fecha en que finalice su relación laboral.

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