2019-10-11

INÉDITO

Inédito: autorizaron la primera cirugía para lograr la identidad de género

Un menor, con el consentimiento de sus progenitores, solicitó la aprobación judicial para realizarse una mastectomía. La resolución del juez Esteban de la Torre es inédita en San Juan y sería una de las primeras del país. Una publicación especializada en Derecho de Familia la tomó como modelo. Resolución completa.

Esteban de la Torre, juez del Tercer Juzgado de Familia otorgó la autorización judicial requerida por la Ley de Identidad de Género para que un joven de 16 años pueda realizarse una intervención quirúrgica consistente en una mastectomía. Se tuvo en
consideración el informe psicológico emitido por el Gabinete Técnico del Juzgado, y la opinión de la Asesora de Menores, Patricia Sirera.

La Ley 26.743 establece que al adolescente, nacido biológicamente como mujer, debe reconocérsele el derecho a la identidad de género y al libre desarrollo de su persona conforme al mismo. Y debido a que el joven prestó libremente su expresa conformidad, con el consentimiento de sus padres, este pedido tuvo viable aceptación.

Este marco normativo aplicable al caso especifica que en situación de minoría de edad e implicación de un procedimiento invasivo, la persona interesada debe requerir autorización judicial para someterse a dicha operación.

La psicóloga interviniente del Gabinete Técnico del Juzgado afirmó que el adolescente, quien ya figura en su documento nacional de identidad como varón, desea que se le realice una mastectomía (que implica la extracción mamaria) para así arribar a una apariencia física acorde a su anhelo y percepción psicofísica, siendo “consciente del alcance de la operación quirúrgica y de lo que ello implica”.

Además, la especialista agregó que "cuando una persona busca la definición sustancial de su persona, como individuo y ser humano, tiene derecho a la reafirmación de su identidad sexual y personal con la obtención de la documentación pertinente que indique su sexo y su nombre que refleje su realidad. Ello es imprescindible para el ejercicio pleno de sus derechos personalísimos, como respuesta jurisdiccional que complete su dignidad personal y haga realidad sus derechos
constitucionales de vivir dignamente, acorde con su proyecto de vida, sin discriminación alguna por su condición, en aras de su desarrollo en libertad y armonía en sus elecciones".

"Es la primera vez que se emite una resolución judicial de esta característica en San Juan. Se trata de un chcio de 16 años. Si este chico hubiese sido mayor de edad no hubiese requerido ninguna autorización", dijo a Radio La Red el juez de la Torre. 

“No es un tema de discreción de los jueces. No podemos decidir si aplicar o no la ley. La ley de Identidad de Género está vigente, está sancionada y debemos aplicarla. Él joven se percibe así desde los seis años. Debo garantizar lo que el menor necesita para conformar su identidad de género.”, explicó el magsitrado en relación a las objeciones que puedan llegar a existir por parte de los jueces para emitir este tipo de resoluciones.

“No es un tema sexual ni de preferencias sexuales, es un tema de identidad, de libertad y de dignidad de la persona y así se trató en la sentencia”, concluyó.

 

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