Llaman a concurso para entregar nuevas licencias de taxis y remises
La Secretaría de Tránsito y Transporte llama a concurso a los interesados en obtener licencias para la conducción de taxis y remises, dado que se encuentran vacantes para ser adjudicadas.
De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial el pasado miércoles, los permisos se encuentran disponibles con motivo del aumento demográfico y por licencias que se encuentran caducas.
Desde el 7 de septiembre hasta el 13, en horario de 9 a 14, en la Secreataría de Tránsito y Transporte se aceptará la recepción de la totalidad de la documentación requerida.
Algunas de las cláusulas que solicita la Secretaría de Tránsito y Transporte para concursar por las licencias de taxis y remises, son las siguientes:
1) Informe del Registro Provincial de Antecedentes de Conductores (REPAC).
2) Informe del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT).
3) Informe del Sistema Nacional de Administración de Infracciones (SINAI).
4) Vehículo con el cual ofrece prestar el servicio que deberá ser de propiedad del postulante, detallando marca, modelo y antigüedad, adjuntando para ello copia del Título de propiedad del automotor.
5) Negativa de ANSES, Reflejo de AFIP, Ingresos Brutos sobre aportes y registraciones fiscales del postulante, con sus correspondientes libres deudas.
6) Fotocopia de DNI (que deberá ser autenticada con su respectivo original).
7) Certificado de Antecedentes emitidos por la Policía de la Provincia de San Juan con una antelación no mayor a 30 días y Planilla Prontuarial.
8) Declaración jurada de Domicilio, debidamente certificada por autoridad competente.
9) Fotocopia de Licencia de Conducir en categoría Profesional del postulante (que deberá ser autenticada con su respectivo original).
10) Constancia o acreditación de su condición de chofer profesional al 31/12/2017.
11) La documentación que en copia se acompañe deberá ser certificada por la STT.
12) Los postulantes que cobren alguna prestación jubilatoria y no se encuentren alcanzados por el límite dispuesto por el inciso g) del Artículo 3 de la presente resolución deberán presentar junto con la documentación antes requerida, el comprobante del último pago de las prestaciones jubilatorias que posea.
13) Sólo podrán ser titulares de licencias las personas mayores de edad y con capacidad civil plena y que cumplan en su totalidad con los requisitos dispuestos por ésta Resolución.