Reclamo millonario
Sin conciliación, el juicio por injurias contra el intendente de Angaco tendrá su primera etapa la semana que viene
El próximo 4 de agosto, el intendente de Angaco, José Castro, volverá a encontrarse con el exconcejal del departamento, José Risueño, quien lo denunció por calumnias e injurias y le reclamó 80 millones de pesos por los daños y perjuicios ocasionados tras los dichos que el jefe comunal vertió en los medios de comunicación. El pasado 2 de julio hubo una primera audiencia de conciliación, la que no tuvo resultado, por lo que las partes se verán en una instancia clave, en la que se espera que se presenten pruebas y se ofrezcan testimonios que serán utilizados en el juicio. Fuentes calificadas confirmaron que el día previo a la audiencia, el intendente de Angaco deberá contestar por escrito la demanda, documento que servirá a modo de defensa de las acusaciones realizadas por Risueño. Un dato no menor es que en el expediente está incorporada la acción civil millonaria, la que, en principio, deberá ser resuelta por el juez.
Castro y Risueño fueron socios políticos en el departamento, al punto que, en la primera gestión del jefe comunal, el segundo lo acompañó en la lista de candidatos y fue electo concejal. Esa relación tuvo un quiebre hacia finales de 2019, cuando Castro transitaba su segundo mandato, ya que Risueño, junto con los ediles Mario Pacheco, Valeria Garay y Alberto Fernández, lo denunciaron por, presuntamente, haber utilizado maquinaria y empleados municipales para realizar tareas en un terreno de Chimbas. Por esa causa, Castro está procesado a la espera de un juicio que está suspendido por los delitos de malversación de caudales públicos, incumplimiento de los deberes de funcionario y abuso de autoridad, en perjuicio de la administración pública. El intendente ha intentado zafar de esa causa al presentar un acuerdo de reparación con el aval de tres concejales, movida que le valió una nueva denuncia que se tramita en el sistema acusatorio y que está a la espera de definición: si debe continuar como una causa penal o si corresponde que sea analizada por la justicia Civil.
En medio de esa situación judicial, Castro brindó una serie de declaraciones en medios de comunicación en las que viene sosteniendo que es víctima de una “persecución política”. Además, apuntó contra Risueño al indicar que el exedil realizó maniobras de corrupción y manejos irregulares de fondos cuando era empleado municipal y se desempeñaba en la Tesorería. Por ese motivo, lo denunció por el delito de calumnias e injurias, al punto que Risueño ha indicado que las declaraciones del intendente le han provocado “un daño de extraordinaria gravedad, afectando no solo el honor subjetivo, sino también la reputación social, la credibilidad pública, la dignidad personal y la imagen comunitaria”.
Fuentes de Tribunales han manifestado que la causa de Risueño contra Castro es llamativa porque no es común que en una acción penal esté incorporada una demanda civil por daños y perjuicios. Una causa similar, en la que hubo una querella criminal por calumnias e injurias, pero sin una acción civil, fue la que encabezó el exjefe de Policía, Luis Walter Martínez, contra Gabriel Riveros Alday. El policía tiktoker fue condenado y deberá pagar una multa de 20.000 pesos, mientras que Martínez, si busca un resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados, deberá presentar una demanda en la justicia Civil. Un dato no menor sobre el caso Risueño contra Castro es que no interviene el Ministerio Público Fiscal y, si el intendente es declarado inocente, se cae la demanda por daños y perjuicios.
Fuentes oficiales indicaron que Castro tiene tiempo hasta el 3 de agosto para responder a las acusaciones de Risueño y, al día siguiente, el 4, frente al juez de garantías, Roberto Montilla, habrá una audiencia para definir los pasos a seguir en un eventual juicio.
Risueño sostiene que Castro debe ser declarado culpable del delito de injurias pero, además, que debe pagar 80 millones de pesos a modo de “reparación integral del daño al honor”, dado que se debe ponderar “la gravedad objetiva de las imputaciones, la jerarquía institucional del emisor, la amplitud de la difusión, el impacto comunitario, la persistencia temporal del daño, la falsedad consciente de las expresiones y la afectación espiritual, social y reputacional ocasionada”.
Fuentes calificadas indicaron que en la audiencia pasada, la del 2 de julio, que fue realizada para ver si podía existir conciliación entre las partes, no prosperó porque Castro no quiso retractarse de los dichos contra Risueño.