2026-07-29

Faceta civil de la megacausa

Expropiaciones: la Corte confirmó la desvinculación del juez Pagés en una demanda, pero aún está pendiente la investigación penal

Fiscalía de Estado buscaba que se declarara su responsabilidad civil por lo que se pagó por expropiaciones de terrenos del dique Cuesta del Viento. La Constitución indica que un magistrado no puede ser demandado por el contenido de sus sentencias. Por otro lado, un Tribunal ordenó que se le abra una causa penal.

La megacausa de las expropiaciones continúa dejando aristas y no solo en el ámbito penal, sino, también, en su faceta civil. Ahora, trascendió un fallo de la Sala II de la Corte de Justicia que confirmó la desvinculación del juez Roberto Pagés en la demanda que le había entablado Fiscalía de Estado, con la que buscaba recuperar 269 mil dólares de un proceso irregular, según la equivalencia y los fundamentos planteados en una sentencia. En esencia, el máximo tribunal no admitió el planteo del organismo que defiende el patrimonio público porque no cumplió los requisitos formales para que pueda ser analizado si hubo arbitrariedades en las dos instancias previas.

De hecho, una jueza (Adriana Tettamanti) y tres camaristas (Juan Jesús Romero, María Josefina Nacif y Sergio Rodríguez) sostuvieron, en líneas generales, que los magistrados no pueden ser demandados por el contenido de sus sentencias, salvo las excepciones legales específicas. Se trata de una garantía constitucional y no de un privilegio personal. Fue justamente, el eje central de la disputa, el “fundamento angular”, el cual no fue rebatido y, por lo tanto, terminó consentido por Fiscalía de Estado.

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Eso “se constituye en un impedimento para avanzar sobre tal aspecto del caso y, consecuentemente, también para la eventual admisión formal del recurso extraordinario”, indicaron desde el máximo tribunal.

La sentencia salió apenas uno días antes de la feria de este mes y lleva la firma del ministro Daniel Olivares Yapur, el subrogante (camarista civil) Juan Carlos Pérez y la conjueza (abogada) Olga Pastor. La resolución se da también cuando está pendiente lo dispuesto por el Tribunal de juicio de la megacausa en su fase penal, que condenó a nueve imputados y ordenó que se investigue a Pagés por la tramitación de expedientes de expropiaciones señalados como fraudulentos. Justamente, fue desvinculado de esas causas en sede civil.

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Ahora, eso impacta en lo que puede ser un proceso penal contra el hoy camarista civil. Fuentes judiciales aseguran que no, ya que son procesos que van por caminos distintos. Si, eventual e hipotéticamente, avanzase la investigación y llegase a recaer una condena (y quedase firme) contra Pages, el Estado ahí contaría con un fallo para iniciar otro juicio civil y tratar de recuperar lo que se pagó irregularmente.

Pese a la orden del Tribunal de juicio de la megacausa (Silvina Rosso, Martín Heredia y Matías Parrón), la investigación está frenada.  Sucede que los defensores de los condenados presentaron recursos ante la Corte para tratar de voltear la sentencia, en los que, algunos de ellos, adelantaron que iban a pedir la nulidad, destacaron las fuentes. Entonces, si se llegase a caer en su totalidad la resolución condenatoria, quedaría en la nada lo resuelto por los juzgadores.

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En cambio, si no hubiese un planteo para anular todo el fallo o fuese confirmado, ahí se disparará la investigación penal, explicaron las fuentes. Será una decisión que tomará su tiempo, incalculable, lo que ha caracterizado a la megacausa, cuya denuncia se radicó en 2010, tras la presentación durante la gestión giojista.

De hecho, a poco más de un año de la condena, hace una semana se constituyó la Sala de la Corte que intervendrá en los recursos extraordinarios que esgrimieron los defensores de los imputados. Tal cual adelantó 0264 Noticias, el Tribunal de revisión estará conformado por el camarista penal Renato Roca y sus pares civiles Esteban De la Torre y Ernesto Escobar, luego de las inhibiciones y excusaciones de los cortistas, ya sea por alguna participación en el proceso o vínculo de amistad con los sentenciados.

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Esa situación ha sido otra de las características de la megacausa y tiene que ver con el rol, las tareas y los lazos de los condenados. Es que, según la sentencia, se trató de una asociación ilícita conformada por abogados, jueces y funcionarios que se dedicaron a inflar el valor de los terrenos que expropiaba el Estado, con el fin de quedarse con sumas millonarias de las arcas públicas.

El Tribunal de juicio consideró que el líder de la asociación delictiva fue el abogado Santiago Graffigna, mientras que también estuvo involucrado su exsocio Horacio Alday. Además, fue castigado el exjuez civil Carlos Macchi fue procesada la exmagistrada de ese fuero, Rosalba Marún, quien había renunciado a su puesto para evitar un juicio de destitución y, posteriormente, falleció. Personas que, obviamente, ejercieron sus tareas y cimentaron contactos con diferentes actores del Poder Judicial, lo que derivó en cataratas de inhibiciones, algunas bien justificadas y otras cuestionables, como supo plantear la querella.

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A diferencia de Macchi y Marún, Pagés no fue denunciado y, por lo tanto, no estuvo incluido en la megacausa penal. Pese a que el entonces fiscal de Estado Guillermo De Sanctis, fuerte impulsor del expediente y hoy cortista, había cuestionado públicamente su actuación en dos trámites de expropiaciones de terrenos para la construcción del dique Cuesta del Viento, en Iglesia, caratulados “Luna, Ricardo Benito” y “Esquivel, Margarita”.

En el primero de ellos, la lupa se posa sobre Pagés porque avaló el llamado Plenario Luna, en el que el Tribunal de Tasaciones de la Provincia (TTP) cambió drásticamente su forma de valuación al tasar terrenos rurales como urbanos. Así, se pasó de pagar por hectárea a metro cuadrado. También se sembró la sospecha sobre su presunta afirmación de que Ricardo Luna era el titular del dominio del inmueble cuando la documentación indicaba que solo poseía derechos y acciones.

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En el caso “Esquivel”, la mira se centró en el magistrado porque también validó el Plenario Luna y también se le cuestionó que le diera por decaído el derecho de intervenir al Tribunal de Tasaciones, cuando, en realidad, tiene la obligación de emitir un dictamen. Esto último también se dio en la causa “Luna, Ricardo Benito”.

Ese fue el contexto que derivó en que el Tribunal de juicio ordenara su investigación. Y, si bien no lo denunció, De Sanctis, como fiscal de Estado en aquel momento, sí demandó a Pages y a Graffigna por esos dos expedientes. En “Luna”, la querella sostuvo que el Estado pagó un total de 1.011.000 pesos, lo que, en ese entonces, representaban 269.651 dólares, más una estimación de honorarios en 53.930 dólares. En “Esquivel”, se abonaron 2.470.000 pesos, lo que equivalía, a esa época, a 717.668 dólares, más honorarios regulados en 92.157 dólares.

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En esencia, en un proceso civil lo que se busca es recuperar el dinero a través de una indemnización o compensación. No obstante, Pagés esgrimió su exclusión de la causa y tuvo los fallos favorables del Juzgado Contencioso Administrativo, de la Sala IV de la Cámara Civil y, recientemente, de la Corte de Justicia en el expediente “Luna”. Según las fuentes, ya había sido excluido del caso “Esquivel”, atravesando las mismas instancias.

El argumento fue el señalado: por el artículo 200 de la Constitución Provincial, los jueces no pueden ser demandados por el contenido de sus sentencias. De todas formas, dicha inmunidad se termina y la responsabilidad civil se vuelve operativa cuando un magistrado es removido a través de un Jurado de Enjuiciamiento o tras una condena penal.

 

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