ESTE MARTES

Un hombre abusó sexualmente de sus dos hijastros menores de edad y fue condenado a 11 años de prisión

El Tribunal Colegiado declaró culpable a J.J.A. por delitos contra la integridad sexual de dos niños, que tenían 11 y 7 años al momento de los hechos. Además, revocó una condena condicional previa y mantuvo la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme.

Este martes finalizó el juicio contra J.J.A., quien fue condenado a una pena única de 11 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos contra la integridad sexual de sus dos hijastros menores de edad. Los hechos ocurrieron en una vivienda de Rawson y fueron cometidos cuando las víctimas tenían 11 y 7 años, respectivamente.

Durante el proceso judicial se analizaron los hechos atribuidos al acusado y se acreditaron las conductas por las que finalmente fue declarado culpable. Para resguardar la identidad de las víctimas, se utilizan únicamente sus iniciales. La acusación estuvo a cargo de la fiscal Valentina Bucciarelli, junto a los ayudantes fiscales Nahuel Ibazeta, Luciana Fasoli y Fernando Guerrero, integrantes del Ministerio Público Fiscal.

De acuerdo con lo expuesto durante el juicio, uno de los hechos tuvo como víctima a T.C., quien tenía 11 años en 2023. En esa oportunidad, el acusado realizó tocamientos de índole sexual y la besó en la boca en reiteradas ocasiones. También se describieron otros episodios de besos con introducción de lengua.

En el caso de J.C., los hechos ocurrieron cuando tenía 7 años. Según se acreditó durante el procedimiento, el imputado la sometió a situaciones de abuso sexual en reiteradas oportunidades, aprovechando momentos en los que la niña se encontraba acostada en su cama con una tablet. Las conductas incluyeron tocamientos y besos en la zona genital que le provocaban dolor.

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Al finalizar el debate, el Tribunal Colegiado resolvió por unanimidad absolver a J.J.A. del delito de promoción a la corrupción agravada en perjuicio de T.C. Sin embargo, lo declaró culpable y lo condenó por el delito de abuso sexual simple reiterado en perjuicio de T.C., en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de J.C., en calidad de autor.

Por estos delitos, los magistrados impusieron una pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo en el Servicio Penitenciario Provincial (SPP).

Además, resolvieron revocar la condicionalidad de una condena anterior de tres años de prisión, impuesta por la UFI ANIVI. En consecuencia, unificaron ambas penas y establecieron una condena única de 11 años de prisión efectiva.

Finalmente, el tribunal dispuso mantener la prisión preventiva del condenado hasta que la sentencia quede firme.

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