Quieren que las obras sociales cubran la rehabilitación psicofísica de las víctimas de violencia de género

La senadora sanjuanina, Cristina López, presentó un proyecto de ley para incorporar un inciso en un artículo de la Ley 26485 de Protección Integral a las mujeres que contemple esto.
Quieren que las obras sociales cubran la rehabilitación psicofísica de las víctimas de violencia de género
Quieren que las obras sociales cubran la rehabilitación psicofísica de las víctimas de violencia de género
viernes 08 de marzo de 2019

La senadora sanjuanina Cristina López presentó este viernes 8 de marzo, Día de la Mujer, un proyecto de ley para garantizar la cobertura integral de las prestaciones médicas necesarias para atender la rehabilitación psicofísica de las víctimas de violencia de género que gocen de cobertura de salud a través de obras sociales o entidades de medicina prepaga, quienes procederán a cubrir de inmediato los tratamientos sin periodo de carencia alguno.

Se trata de incorporar en el artículo 26 de la Ley Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres como inciso a8 el siguiente:

a8. Proveer, cuando así se requiera, las medidas conducentes a fin de garantizarla cobertura integral de las prestaciones médicas necesarias para atender la rehabilitación psicofísica de las víctimas de violencia de género que gocen de cobertura de salud a través de obras sociales o entidades de medicina prepaga reguladas respectivamente por las leyes Nº 23.660 y Nº 26.682, quienes procederán a cubrir de inmediato los tratamientos sin periodo de carencia alguno.

Fundamenta este proyecto, la necesidad de que la mujer ante la frecuente vulneración de estos derechos tenga una respuesta ya que es habitual que soliciten protección judicial vía amparo, situación que requiere de la articulación de procedimientos que por su dilación temporal operan en desmedro de los requerimientos urgentes de las víctimas.

Justifica tal propuesta la necesidad de que en cualquier etapa del proceso, el juez interviniente, de oficio o a petición de parte, pueda proveer, cuando así se requiera, las medidas conducentes a brindar la cobertura integral de las prestaciones médicas necesarias para atender la rehabilitación psicofísica de las víctimas de violencia de género que gocen de cobertura de salud a través de obras sociales o entidades de medicina prepaga reguladas respectivamente por las leyes Nº 23.660 y Nº 26.682, quienes procederán a cubrir de inmediato los tratamientos sin periodo de carencia alguno.

“Estamos ante una problemática in crescendo, razón que nos interpela a los legisladores a adoptar todas aquellas medidas necesarias a los efectos de la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer, como así también aquellas requeridas”, manifiesta la senadora Cristina López.