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Veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?

Comenzó a las 8 la restricción para cualquier actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas de cara a las elecciones PASO del domingo.

Veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?
viernes 09 de agosto de 2019

Comenzó a regir desde las 8 la veda electoral, la restricción fijada por la ley electoral que prohíbe cualquier actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación.

La medida rige en todo el territorio argentino, de cara a las elecciones PASO del domingo.

Sin embargo, las redes sociales no están contempladas por la legislación, con lo cual los precandidatos podrán continuar sus campañas a través de las distintas plataformas.

Este no es un dato menor ya que el 70% de los argentinos se informa por esta vía. Incluso en esta campaña se ha usado masivamente WhatsApp para enviar mensajes políticos. El mensajero se considera una red social.

  • El Código Nacional Electoral veta "la realización de actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo".
  • Tampoco permite "publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre", es decir, hasta las 21 del domingo.
  • Asimismo, está prohibida la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos durante el domingo.
  • No se podrá vender bebidas alcohólicas a partir de las 0 horas y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios. "Se impondrá prisión de quince días a seis meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario", establece la norma.
  • En tanto, a ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido la realización de reuniones de electores en los domicilios, la utilización de las viviendas como depósito de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

El Cronista. 

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