¿Qué dice el Código Civil sobre los castigos físicos en los hijos?
A raíz del caso que se dio este viernes donde un padre golpeó a cintazos a su hija de 13 años. ¿Está permitido en el nuevo Código Civil pegarle a nuestros hijos? ¿Qué consecuencias puede traer?
Este viernes, se conoció la noticia de que un papá, identificado como Juan José De la Plata. rugbier y de profesión médico, le pegó a su hija de 13 años con un cinturón y, de tantos golpes, la lastimó y eso provocó que su exmujer y mamá de la menor haga la denuncia en la policía.
Sin embargo, en el nuevo Código Civil se indica que, cuando un padre o madre quiere corregir el accionar de su hijo a través de golpes y estos dejan una secuela, puede intervenir la Justicia y hasta ir a prisión.
El nuevo código civil pretende derogar el llamado "poder de corrección" y cambiarlo por el deber de los padres de "prestar orientación y dirección". Además, explicita la prohibición total de malos tratos. En el código vigente, si bien se legislaba en el mismo sentido, el artículo 278 adjudicaba a los padres el poder de "corregir" a sus hijos, siempre que lo ejercieran "moderadamente".
Pero, ¿cómo educa a sus hijos una familia numerosa? ¿Cuál es la vigencia de la creencia popular "un chirlo a tiempo"? ¿Qué cuestiones se fueron modificando en cuanto a los límites que marcan padres a hijos?
Código vigente: Artículo 278. - Los padres tienen la facultad de corregir o hacer corregir la conducta de sus hijos menores. El poder de corrección debe ejercerse moderadamente, debiendo quedar excluidos los malos tratos, castigos o actos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los menores. Los jueces deberán resguardar a los menores de las correcciones excesivas de los padres, disponiendo su cesación y las sanciones pertinentes si correspondieren.
Nuevo código: Artículo 647.- Prohibición de malos tratos. Auxilio del Estado. Se prohíbe el castigo corporal en cualquiera de sus formas, los malos tratos y cualquier hecho que lesione o menoscabe física o psíquicamente a los niños o adolescentes. Los progenitores pueden solicitar el auxilio de los servicios de orientación a cargo de los organismos del Estado.