El Gobierno agregó nuevas actividades esenciales eximidas de la cuarentena obligatoria

El Gobierno sumó 8 sectores a los considerados esenciales durante la cuarentena. Incluye actividades económicas y servicios.
El Gobierno agregó nuevas actividades esenciales eximidas de la cuarentena obligatoria
El Gobierno agregó nuevas actividades esenciales eximidas de la cuarentena obligatoria
viernes 03 de abril de 2020

El gobierno nacional dispuso hoy la ampliación del listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado para mitigar la propagación del coronavirus en el país.

Así lo estableció a través de la Decisión Administrativa 450/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García.

En el nuevo listado de actividades consideradas esenciales aparecen sectores vinculados a la venta de materiales de construcción, industrias minera, nuclear y forestal, la fabricación de maquinaria agrícola, el comercio exterior, mutuales y cooperativas de crédito. Las personas incluidas en el anuncio podrán tramitar el certificado único para circular.

  • Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
  • Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
  • Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
  • Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
  • Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
  • Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
  • Inscripción, identificación y documentación de personas.

Asimismo, se incluyen las actividades vinculadas con el comercio exterior como exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía, como así también la exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

El listado abarca también los servicios esenciales de mantenimiento y fumigación; las mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos; y la inscripción, identificación y documentación de personas.

"Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales", indica la disposición oficial.

Aclara también que, en todos estos casos, "los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores".

Télam

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