MEDIDA OFICIAL

Prohibirán la venta de pasajes al exterior

Por medio de una resolución que se haría oficial en horas, la ANAC, el organismo que regula la aviación civil, limitará este tipo de prácticas comerciales que están usando muchas empresas de un sector en crisis extrema para obtener ingresos
Prohibirán la venta de pasajes al exterior
Prohibirán la venta de pasajes al exterior
sábado 25 de abril de 2020

En el marco de las medidas para evitar la propagación del coronavirus en el país, el Gobierno les prohibirá a las compañías aéreas vender pasajes de manera anticipada al exterior y detalla que deberán estar debidamente autorizadas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para comercializar vuelos de cabotaje.

En este último caso, el de los vuelos “desde, hacia o dentro del territorio nacional” se autorizaría a reprogramar vuelos nacionales –y por lo tanto a venderlos con anterioridad– a partir del 1° de septiembre de 2020, siempre con permiso oficial.

Fuentes de la ANAC detallaron que ambas resoluciones saldrían juntas y tiene como objeto “primero proteger al pasajero que, en algunos casos de varados, compraron cuatro pasajes de empresas que les prometían traerlos sabiendo que no iban a poder operar, pero equilibrar el impacto a las líneas aéreas permitiéndoles tener ingresos a futuro para dar sostenibilidad al sistema y dar previsibilidad al sector”.

“En el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID 19 las Líneas Aéreas solo podrán comercializar servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional, en la medida en que se encuentren formalmente autorizados”, establece la primera Resolución de la ANAC que se publicaría en las próximas horas en el Boletín Oficial y que afectará a todas las líneas aéreas, tanto locales como internacionales, que operan en la Argentina.

A partir del cierre de las fronteras como consecuencia de la pandemia del coronavirus, muchas empresas comenzaron a vender boletos de forma anticipada para fechas cercanas, cuando puedan retomar su actividad normalmente, con el objetivo de seguir teniendo ingresos.

Entre los considerandos de la Resolución –que por no estar aún publicada podría modificarse, aunque fuentes del sector ya dan por descontado que se trata del texto definitivo– se detalla que “no hay a la fecha una certeza respecto de las medidas sanitarias que deberán adoptarse para el reinicio de las operaciones aerocomerciales de transporte de pasajeros” y que “se ha detectado que algunas líneas aéreas se encuentran promocionando por sí o por terceros la venta de pasajes para vuelos regulares, sin haber obtenido la respectiva autorización por parte de la esta Administración Nacional”. Además, se aclara que “la promoción de servicios no autorizados o la publicidad de tarifas no aprobadas o construidas sin arreglo a las normas vigentes constituyen una infracción pasible de sanción”.

Además, se prepara otra resolución –ambas podrían publicarse salir al mismo tiempo– que detalla que las compañías que operan con vuelos de cabotaje “podrán reprogramar sus operaciones regulares o solicitar autorizaciones para operaciones no regulares a partir del 1° de septiembre de 2020”, siempre supeditado al levantamiento de las restricciones.

Otro de los artículos de la segunda resolución aclara, además, que se podrán vender pasajes aéreos con anterioridad para volar a partir de esa fecha autorizada.

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