Si convivís con un caso positivo, no te harán hisopado

El Ministerio de Salud de la Nación informó que si alguien del grupo familiar presenta algún síntoma compatible con covid-19 se considerará caso positivo por nexo epidemiológico.
jueves 06 de agosto de 2020

Las personas que presenten síntomas de coronavirus​ y convivan con alguien a quien se le haya diagnosticado la infección ya no serán testeadas y se considerarán caso confirmado por nexo epidemiológico, salvo algunas excepciones. Así lo establece la nueva definición del Ministerio de Salud.

"Se considerará caso confirmado por criterio clínico epidemiológico a todo contacto estrecho conviviente con un caso de Covid-19 confirmado por laboratorio, que cumpla con la definición de caso sospechoso vigente, en áreas con transmisión comunitaria. Estos casos son considerados confirmados a los efectos de las medidas de prevención y control, y no requerirán estudios para el diagnóstico etiológico", precisa la nueva definición.

No obstante, hay excepciones. Pese estar acreditado el nexo epidemiológico es necesario hacer diagnóstico por laboratorio para SARS-CoV-2 por técnicas moleculares en pacientes que presenten criterios clínicos de internación, personas con factores de riesgo, personas gestantes, pacientes que residan o trabajen en instituciones cerradas ó de internación prolongada, trabajadores y trabajadoras de salud, personal esencial y en personas fallecidas sin causa conocida.

El alta epidemiológica se otorgará a los 10 días desde el comienzo de la fecha de inicio de los síntomas, siempre que se encuentre asintomático y tenga evolución favorable, sin necesidad de internación.

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