El ENACOM brindará un plan de descuento para telefonía, internet y tv por cable

Algunos usuarios podrán acceder al beneficio de ENACOM. Se trata de un plan de 800 pesos para algunos servicios. Te contamos cómo acceder.
El ENACOM brindará un plan de descuento para telefonía, internet y tv por cable
El ENACOM brindará un plan de descuento para telefonía, internet y tv por cable
martes 24 de enero de 2023

El ENACOM brindará un nuevo beneficio para algunos usuarios en boletas de servicios. Se trata de telefonía, internet y TV por cable que tendrán un descuento de 800 pesos mensuales. Desde este ente regulador indicaron que las prestadoras están obligadas a brindar la PBU a quienes correspondan.

Este nuevo beneficio será para algunos usuarios que deberán descargar un formulario de Enacom en el siguiente link, formularioenacom.gob.ar/formulario. Además, desde la entidad indicaron que debe informarse aquellos casos en las que las empresas prestadoras que no cumplan.

Pueden adquirir este plan los siguientes usuarios:

  • Titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. 
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) con ingresos no superiores a dos Salarios Mínimos, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. 
  • Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social
  • Jubilados y pensionados o trabajadores en relación de dependencia con remuneración menor o igual a 2 salarios mínimos.
  • Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere 2 SMVM. 
  • Usuarios que perciban seguro de desempleo, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. 
  • Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N°26.844).
  • Beneficiarios de las Becas Progresar
  • Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal. 
  • Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
  • Clubes de Barrio que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
  • Entidades de Bien Público. Es el caso de: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro, en forma directa o indirecta. Y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal, que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa, sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

 

Temas de esta nota