¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?

A partir de las 8 horas de este viernes 12 comenzó la veda electoral. Te contamos cuáles son las prohibiciones.
¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?
¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?
viernes 12 de mayo de 2023

Por motivo de las elecciones el próximo domingo 14, San Juan entró en veda electoral. Con esto, se establecen algunas prohibiciones determinadas en el Código Electoral con algunas penas en caso de que no se cumplan.

El artículo 71 del Código Electoral establece que este viernes, a partir de las 8 horas, queda prohibido:

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) -De las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

En cuanto a la venta de bebidas alcohólicas se suspenderán 12 horas antes de los comicios, a las 20 horas del sábado. Y en el caso de bares y restaurantes, a partir de las 22 horas.

Por otro lado, aquellas personas que no cumplan con la veda podrán ser denunciadas y sancionadas en la Justicia. Y, si se comprueba la violación efectiva de las prohibiciones, podrán ir a prisión de 15 días a 6 meses.

Finalmente, hay que tener en cuenta que quien con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo, tendrá de 2 meses a 2 años de cárcel. Lo mismo, para quienes utilicen medios tendientes a violar el secreto del sufragio, podrán tener un castigo de hasta 3 años.