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ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva

La disposición impide la elaboración y comercialización del aceite por infringir no cumplir con la ley.

ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva
jueves 16 de noviembre de 2023

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió una marca de aceite de oliva por presentar distintas irregularidades administrativas. A través del Boletín Oficial, se informó que queda prohibida la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto.

La Disposición 9731/2023 fija la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite Extra Virgen marca Olivos Serranos; Fraccionado y envasado: Traslasierras Córdoba; RNE: 024400135; RNE: 02430522″ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

El Instituto realizó las Consultas Federales a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires en relación a los dos Registros Nacionales de Establecimiento (RNE) N° 024400135 y N° 02430522 exhibidos en su rótulo, la cual indicó que se trata, en ambos casos, de registros inexistentes y al mismo tiempo una consulta a través del SiFeGA a la DIPA para verificar si el producto cuenta con un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio autorizado, la cual indicó que el producto no cuenta con un registro existente.

Finalmente, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen los números de RNE mencionados.

 

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