Con el fin de la cédula azul ¿Qué trámites hay que hacer para autorizar a alguien para manejar tu auto?

Si bien el Gobierno eliminó el documento que validaba que una persona que no era dueño de un vehículo pudiera conducirlo, habilitó un trámite que lo reemplaza.
Con el fin de la cédula azul ¿Qué trámites hay que hacer para autorizar a alguien para manejar tu auto?
Con el fin de la cédula azul ¿Qué trámites hay que hacer para autorizar a alguien para manejar tu auto?
martes 14 de mayo de 2024

El Gobierno implementó en los últimos días una serie de cambios en cuanto a los documentos necesarios para conducir un vehículo. Puntualmente, eliminó la cédula azul, que permitía que una persona pudiera conducir un automóvil que no era de su propiedad, y dispuso que la cédula verde no tenga fecha de vencimiento.

Los cambios los oficializó ayer lunes a través de la disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial. Allí indica que la derogación de la cédula azul para la conducción de vehículos se debe a que el documento “carece de sustento y aplicación prácticos”.

Según el Poder Ejecutivo, la cédula azul, conocida como “Cédula de Identificación para autorizado a conducir”, permitía al titular de un vehículo autorizar a terceros para su manejo. Sin embargo, con el establecimiento del no vencimiento de las Cédulas de Identificación por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, la utilidad práctica de la cédula azul se vio comprometida, justificando así su derogación.

A partir de ahora, se emitirá una cédula verde original en diversos trámites, los cuales incluyen la inscripción Inicial, transferencias, comunicaciones de recupero, cambios de radicación o domicilio, entre otros casos específicos.

Estas cédulas se expedirán en formato físico y digital, siendo la versión física disponible para su retiro en el legajo del dominio y la digital accesible a través del “Perfil Digital del Ciudadano” en la aplicación “Mi Argentina”.

Además, se establece que las Cédulas de Identificación del Automotor y del Motovehículo no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad del vehículo, salvo en casos específicos donde se determine un plazo de vigencia.

Los duplicados de estas cédulas podrán ser solicitados y expedidos electrónicamente para titulares registrados como personas humanas y se emitirán sin fecha de vencimiento, a menos que una norma vigente fije un plazo determinado.