En la Justicia Federal

Municipios piden el freno inmediato y la nulidad de la medida nacional que impide cobros extras en las boletas de servicios

Hubo acuerdo comunal para realizar la misma presentación. Aseguran que Nación se entrometió en la autonomía provincial y municipal. Naturgy también hizo su descargo.
Los intendentes acordaron una presentación en conjunto por el CUM
Los intendentes acordaron una presentación en conjunto por el CUM

Tras varias semanas de análisis, los 19 municipios de la provincia coincidieron en realizar una presentación ante la Justicia Federal, para pedir el inmediato freno y nulidad de la medida nacional que impide cobrar rubros extras en las boletas de servicios. Los intendentes apuntan al Cargo Único Municipal, ítem incorporado en la factura de la luz y que está directamente ligado con la tasa de alumbrado público. Según confirmaron varias fuentes municipales, los escritos en la Justicia comenzaron a presentarse el viernes y se espera que la gran mayoría se produzca hoy. Si bien existe acuerdo entre todos los distritos, las presentaciones son individuales y se realizan vía online, a través del sitio web del Poder Judicial de la Nación. Un detalle que pudo confirmar este medio es que los intendentes tenían intención de realizar la presentación en conjunto el viernes, pero un paro de los empleados judiciales federales impidió la movida, por lo que se espera que todas las presentaciones se formalicen hoy. El objetivo de los municipios es que se declare la inconstitucionalidad de la norma federal y que, mientras se analiza el planteo, exista un freno a través de una medida cautelar. Quienes confirmaron que ya firmaron el escrito, fueron Juan José Orrego, de Santa Lucía; Romina Rosas, de Caucete y Daniela Rodríguez, de Chimbas. Mientras que fuentes comunales de Angaco indicaron que José Castro firmó el texto el jueves pasado.

El reclamo de los intendentes es contra la resolución que dictó en septiembre la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, órgano que dispuso que, en las facturas de servicios, como el de la luz, “los conceptos expresados… deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado… no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio”. En San Juan, dicha medida afecta al Cargo Único Municipal (CUM) incorporado en la boleta de energía, tanto del servicio que brinda Naturgy (exEnergía San Juan), como el que presta Decsa, de Caucete.

Incluso, luego de la medida nacional, las empresas locales fueron intimadas por Nación para que cumplan con la normativa, al punto que se iniciaron 9 sumarios, con el riesgo de que las empresas locales sean castigadas con multas que pueden superar los 2.000 millones de pesos. Según pudo conocer este medio, ya que fue incorporado como fundamento dentro de la demanda planteada por los municipios, la firma Naturgy realizó, el 15 de noviembre, un descargo ante la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, en el que indicó que la incorporación del CUM, está habilitada por resoluciones provinciales y por el contrato de concesión que tiene con la provincia para prestar el servicio de distribución de la energía. Además, indicó que, de no cumplir con la disposición provincial, la misma firma se encontraría sujeta a recibir sanciones.

Por otro lado, fuentes calificadas indicaron que la acción municipal radica en que la Justicia Federal ya dictó medidas cautelares similares en otros distritos del país, como son los casos de la municipalidad de Pilar, Buenos Aires, y de La Rioja. En ambos casos, la Justicia dictó una medida cautelar y frenó, por el momento y en esos distritos, la aplicación de la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.

Según el texto al que pudo acceder este medio, común para todos los municipios, apuntan a que se declare “la inconstitucionalidad de la Resolución Nro. 267/2024”, de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, ya que, “afecta de manera manifiesta la autonomía municipal consagrada en los arts. 5° y 123 de la Constitución Nacional y art. 247 de la Constitución Provincial”. Incluso, solicitan que, la resolución nacional, “no se aplique al municipio, ya que la misma causa gravamen irreparable a los derechos constitucionales”.

En esa línea, expresan que existe “el derecho manifiesto e incuestionable” del municipio “de percibir la Tasa municipal por alumbrado público y la de mantenimiento de las líneas eléctricas, denominada CUM (Cargo Único Municipal)”. Incluso, también defienden que en la boleta de la luz figuren los tributos para el Fondo PIEDE y la Línea de 500 Kv, ya que se trata de “conceptos vinculados y asociados estrictamente al servicio de distribución de la electricidad” porque “ambos fondos tienen por destino principal el financiamiento de obras eléctricas destinadas a garantizar el seguro abastecimiento de energía eléctrica”.

Un punto clave que expresan los intendentes, es que, “si bien el alumbrado público, en particular su mantenimiento, reparación y expansión, es una atribución de los municipios”, dicha tarea es “de interés para la provincia” por lo que habilitó, en la concesión del servicio eléctrico, a que dicha prestación sea incluida en la boleta de la luz, a través del CUM.

Además, plantean un escenario crítico si el CUM es eliminado de la factura del servicio, al indicar que “el no pago de ese tributo municipal (alumbrado público y de las dependencias del municipio), seguramente y de inmediato, provocará la interrupción del servicio de alumbrado público ya que el municipio no podrá pagar el servicio contratado con Naturgy”.

Fuentes oficiales indicaron que, el acuerdo entre todos los intendentes para la presentación nacional, se dio por una convocatoria que realizó la gestión orreguista, la que prestó asesoramiento jurídico a través de la Secretaría General de la Gobernación, que conduce Emilio Achem, y Fiscalía de Estado, que comanda Sebastián Dávila. Incluso, hubo reuniones con los asesores legales de cada departamento, entre los que se definió el texto definitivo para presentar en el Poder Judicial de la Nación.

Según indicaron las fuentes, las medidas municipales recaerán en la Secretaría Contenciosa Administrativa del Juzgado Federal N°2, que conduce, Leopoldo Rago Gallo.