Ahora consideró aceptable el cambio de condición de expendio a venta libre para los laxantes que contienen Senósido A y B “para el tratamiento de corta duración de la constipación (estreñimiento) ocasional en adultos y mayores de 14 años”. La medida tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, ya en el inicio del nuevo año.
Según el vademécum, se trata de tres presentaciones del medicamento cuyo nombre comercial es Medilaxan, de Laboratorios Beta, que viene en comprimidos recubiertos por 30 unidades y granulado por 100 y 200 gramos. La disposición, en cambio, aconseja mantener la condición de expendio de venta bajo receta a las especialidades medicinales que contienen Lactulosa.
La diferencia, según explicaron desde la ANMAT, se base a que esta última droga “está indicada para el tratamiento del estreñimiento crónico y para evitar complicaciones de la enfermedad hepática grave (encefalopatía portosistémica); que puede tardar hasta tres días en hacer efecto, por lo que no es adecuada para el alivio rápido de síntomas y que en tratamientos prolongados y/o a dosis altas, los laxantes osmóticos (como la Lactulosa) pueden provocar hipopotasemia e hipernatremia”, lo que implica niveles anormales de potasio y sodio en sangre.
Según datos de la Cámara de Medicamentos de Venta Libre, la facturación en las farmacias está constituida por un 90 por ciento de medicamentos bajo receta y 10 por ciento de venta libre, aunque en unidades la relación es del 75 por ciento contra el 25 por ciento. O dicho de otro modo, por cada tres unidades que se venden con receta se expende una de venta libre. Esa proporción, de seguir la actual tendencia regulatoria, poco a poco comenzará a cambiar.
Clarín