LUEGO DE LA MEDIDA

Qué pasará con los contratos de trabajo antiguos tras la aprobación de la reforma laboral

La nueva normativa impactará también sobre relaciones laborales vigentes. Indemnizaciones, tercerización, período de prueba y plataformas digitales, bajo un esquema que redefine costos y garantías.
sábado 28 de febrero de 2026

La aprobación de la reforma laboral en el Congreso abrió un frente técnico clave: cómo se aplicarán las nuevas reglas a los trabajadores que ya estaban empleados antes de la sanción. Aunque el principio general del derecho argentino establece que las leyes no son retroactivas, en materia laboral el análisis es más complejo cuando el contrato sigue en ejecución.

La propia ley prevé que varias disposiciones tengan aplicación inmediata sobre relaciones vigentes, especialmente en lo relativo a despidos, responsabilidad empresarial y modalidades de contratación.

Uno de los ejes centrales es la modificación del esquema tradicional de compensación por despido. La reforma habilita la sustitución del sistema clásico por fondos de cese laboral o mecanismos de capitalización, similares a los vigentes en la construcción.

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En términos prácticos, si un trabajador con diez o veinte años de antigüedad es despedido después de la entrada en vigor de la ley, la liquidación se calculará bajo las nuevas reglas. Esto implica, en la mayoría de los casos, una reducción de los montos indemnizatorios y la eliminación de determinadas sanciones por falta de registración que hoy elevan considerablemente el costo de una desvinculación.

Período de prueba: sin efecto retroactivo

La extensión del período de prueba —que podría llegar a seis u ocho meses según el tamaño de la empresa— no afectará a quienes ya superaron esa instancia. Un trabajador que adquirió estabilidad bajo la legislación anterior no puede ser “reingresado” al período de prueba. Ese derecho se considera consolidado y su alteración podría generar planteos de inconstitucionalidad.

Banco de horas: requiere acuerdo

La incorporación del sistema de “banco de horas” introduce mayor flexibilidad en la jornada laboral, permitiendo compensar horas extra con descansos en lugar de pago adicional. Sin embargo, para relaciones laborales en curso, su implementación no será automática. Requerirá acuerdo entre empleador y trabajador o su representación sindical. No puede imponerse de manera unilateral.

Tercerización y responsabilidad solidaria

La reforma acota la responsabilidad solidaria de la empresa principal en casos de subcontratación. Bajo el régimen actual, la compañía contratante responde por deudas laborales de la contratista. Con la nueva ley, esa responsabilidad se limitará a situaciones de fraude o negligencia grave. Para trabajadores tercerizados, esto implica una modificación inmediata en el alcance de sus garantías, incluso si su vínculo comenzó años atrás.

Plataformas digitales: nuevo encuadre

El texto aprobado también establece un régimen específico para trabajadores de plataformas digitales, excluyéndolos de la Ley de Contrato de Trabajo y encuadrándolos como independientes. Esto podría afectar litigios en curso donde se discute la existencia de relación de dependencia, ya que el nuevo marco normativo consolida la figura de autonomía promovida por las empresas del sector.

Regularización del empleo informal

La ley apunta además a incentivar la formalización, condonando deudas y sanciones a empleadores que registren trabajadores no declarados. No obstante, quienes se incorporen al sistema lo harán bajo un esquema más flexible para las empresas en materia de desvinculación.