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El Gobierno otorgó un anticipo financiero de hasta $400.000 millones a doce provincias: San Juan, quedó fuera

La decisión de lo que percibirá cada jurisdicción lo determinará la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de acuerdo con la capacidad de pago de las mismas
lunes 06 de abril de 2026

El Gobierno le otorgará a doce provincias un anticipo financiero de $400.000 millones y el monto que se le dará a cada una de ellas lo determinará la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía “conforme a la capacidad de repago de cada provincia sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales”.

De acuerdo al decreto  219/2026 publicado en el Boletín Oficial, y al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas, San Juan forma parte del lote de las provincias que recibirán los fondos. 

Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán, las provincias a las que llegará el dinero. 

Además, en el Boletín Oficial se indicó: “Facúltase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación de las provincias detalladas en el artículo 1° del presente decreto, en el régimen de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico”.

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La citada secretaría también podrá ”disponer las condiciones de desembolsos a las provincias, formas de cancelación y demás condiciones aplicables, pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones para determinarlos”, mientras que se estableció que, a los fines de dar cumplimiento a la presente medida, “los Gobiernos de las provincias que se detallan el mencionado decreto deberán:

Afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses y autorizar a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya, y de otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado más sus intereses, con el fin de cancelar los fondos que se otorgan con más sus intereses”.