MEDIDA

La Justicia ordenó al gremio UTA levantar el paro, tras un amparo presentado por Fiscalía de Estado

El fallo establece que las entidades demandadas y las empresas concesionarias deberán garantizar la prestación del servicio desde el momento en que sean notificadas de la resolución.

El juez Héctor Rollan, del Primer Juzgado Civil, ordenó este jueves levantar de inmediato las medidas de fuerza de UTA y ATAP y dispuso la reanudación normal, regular y continua del servicio de transporte público de pasajeros en toda la provincia, según pudo saber de fuentes judiciales 0264 Noticias. 

Fiscalía de Estado solicitó una medida cautelar para frenar el paro anunciado de este miércoles 7 y jueves 8 de octubre y las eventuales medidas posteriores, y el magistrado hizo lugar al planteo.

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El fallo establece que las entidades demandadas y las empresas concesionarias deberán garantizar la prestación del servicio desde el momento en que sean notificadas de la resolución.

Uno de los puntos más fuertes de la resolución es el esquema de sanciones previsto ante un eventual incumplimiento. La Justicia ordenó a UTA, ATAP y las empresas que las integran poner a disposición de manera inmediata las unidades y la infraestructura necesaria para garantizar el funcionamiento del transporte.

Además, fijó sanciones económicas para las entidades sindicales, sus cuerpos directivos y dirigentes. En el caso de los choferes que, estando debidamente notificados, continúen con las medidas de fuerza, estableció una multa diaria de $1.000.000.

El fallo también dispone que, ante un incumplimiento, las actuaciones sean remitidas a la Fiscalía General por la posible comisión de delitos contemplados en los artículos 239 y 106 del Código Penal.

El argumento de la Justicia

Al analizar el pedido, el juez consideró que el derecho de huelga debe armonizarse con otros derechos constitucionales, entre ellos la libre circulación, el trabajo, la educación y el acceso a la salud.

En ese sentido, sostuvo que la interrupción total del transporte público afecta especialmente a quienes dependen de ese servicio para trasladarse a sus trabajos, escuelas y centros de salud.

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La resolución remarca además que los usuarios del transporte público no pueden quedar como “rehenes” de un conflicto laboral o contractual y destaca la situación de los sectores de menores recursos, que no cuentan con alternativas económicas para movilizarse.

Otro de los elementos considerados fue que, según el expediente, no se había garantizado un servicio mínimo ni se había informado con suficiente anticipación a los usuarios sobre la medida de fuerza.

PALABRA DEL FISCAL DE ESTADO

En ese sentido, el fiscal de Estado, Sebastián Dávila, explicó en diálogo con 0264 Radio, que se emite en 107.3 FM y el canal de Youtube de este medio, que la presentación judicial tuvo como objetivo restablecer el servicio de transporte y garantizar otros derechos constitucionales afectados por la medida de fuerza. “Los fundamentos básicamente son proteger los derechos constitucionales que tiene la gente, no solamente a transitar libremente y por medio del transporte público por la provincia, sino también el derecho a la salud”.

Dávila remarcó que la interrupción del servicio también impacta en trabajadores, estudiantes y personas que necesitan trasladarse para recibir atención médica. “No desconocemos en absoluto el derecho de cualquier trabajador de poder protestar, pero la afectación de otros derechos de bien público que tenemos que proteger, constitucionales, hace que intervengamos con esta medida”.

Sobre la resolución judicial, el fiscal de Estado confirmó que las multas de un millón de pesos por día fueron dispuestas por el magistrado ante un eventual incumplimiento de la orden. “Eso son decisiones del juez. Nosotros, lógicamente, pedimos que se asegure la restitución de la normal prestación del servicio de transporte”.