2024-10-04

CRUCES

El jefe de Legales de la UNSJ criticó con dureza el argumento de abstención en el caso Bloch de un candidato a rector

El decano Velasco había dicho que no hubo pruebas contundentes. Miolano indicó que le llamó la atención que no haya considerado jurisprudencia nacional a favor de las víctimas, teniendo en cuenta que organizó jornadas de prevención contra la violencia de género.

Al fundamentar su abstención frente al pedido de destitución del decano de la Facultad de Ciencias Exactas, Rodolfo Bloch, quien había sido denunciado por acoso sexual y laboral, su par de Arquitectura y candidato a rector, Guillermo Velasco, había indicado que “no se contaban con las pruebas con la contundencia necesarias”. Ante la consulta, el director General de Asuntos Legales de la UNSJ, José Luis Miolano, autor del dictamen que recomendaba la sanción, le contestó con dureza. “Me llama la atención que el decano de Arquitectura no tenga en cuenta que, en cuestiones de género, se produce la inversión de la carga de la prueba. Es decir, no es la denunciante quien debe probar el hecho, sino que es el denunciado el que debe acreditar que el hecho no existió”, destacó el profesional. Así, explicó que eso quedó plasmado en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y que fue lo primero que reflejó en su dictamen, por lo que le apuntó a Velasco porque “organizó, junto con la Oficina de la Mujer de la Corte local, jornadas de prevención sobre violencia de género”.

Crítica. A través de un convenio entre la Oficina de la Mujer de la Corte y la UNSJ, los decanos Guillermo Velasco y Marcelo Lucero, entre otros, participaron de un taller de "Sensibilización sobre violencia y debida diligencia". Fue una de las críticas de Miolano.

 

Velasco no fue el único que utilizó el argumento de la falta de pruebas contundentes. También lo hicieron el decano de Sociales, Marcelo Lucero, y las consejeras Cecilia Yornet y Marcela Saffe, al señalar que no encontraron una fundamentación contundente, que hubo “inconsistencias en el expediente” y “diferencias notables” entre la instrucción sumarial y el dictamen legal.

Frente a ello, Miolano resaltó que el trabajo de la instructora sumariante “fue impecable”, que “el dictamen es plenamente concordante” y que hubo consejeros que “incurren en un grave desconocimiento de lo que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido como interpretación con perspectiva de género”, precedente que dejó sentado en el “inicio del dictamen. Parece, por lo que han expresado algunos consejeros, ni siquiera lo han tenido en cuenta”.

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Las definiciones de los consejeros mencionados implican, en la práctica, cuestionamientos a la investigación plasmada en el sumario interno y al dictamen legal. Es decir, una crítica implícita al ámbito de actuación de Miolano. El área de Sumarios depende de la Dirección de Asuntos Legales, pero el profesional aclaró que “yo no puedo inmiscuirme en un sumario en trámite o dar órdenes o instrucciones al sumariante mientras está trabajando. Una vez que elabora el informe final, si puedo, como sucedió en este caso, sugerir alguna medida probatoria adicional”. Así, respaldó la tarea de la instructora y resaltó que “no hay ninguna discordancia” con el dictamen.

Miolano lleva cerca de 30 años en la UNSJ y está al frente de Asuntos Legales desde 2012, tras ganar un concurso de antecedentes y oposición. Es el jefe del cuerpo de abogados y, desde hace 12 años, ha comandado la defensa de la institución universitaria ante demandas civiles y laborales.

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El profesional también ha incursionado en la política universitaria. En 2021 fue candidato a decano de la Facultad de Ciencias Sociales y, en ese entonces, apoyó la postulación al rectorado de Rosa Garbarino. Hoy, está cerca de otro aspirante al máximo cargo universitario: Jorge Cocinero.

El escándalo estalló en el caso Bloch cuando el Consejo Superior tuvo que archivar la denuncia al no conseguir la mayoría calificada (26 votos de los 39 miembros) para que se le propusiera a la Asamblea Universitaria la remoción del decano. Hubo 19 posturas en línea con el sumario y el dictamen legal, que reflejaba que el titular de Exactas habría incurrido en acoso sexual y laboral, por lo que se recomendaba la sanción.

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Por otro lado, hubo 13 abstenciones, entre las que sobresalieron las de los decanos Mario Fernández, de Ingeniería; Myriam Arrabal, de Filosofía, Lucero, de Sociales; Velasco, de Arquitectura, y el director de la Escuela de Ciencias de la Salud, Ángel Pinto. También hubo seis votos en contra, entre los que se contó el de Natalia Nuñez, la vicedecana de Bloch, ya que este no asistió.

Entonces, las abstenciones resultaron clave para que el titular de Exactas zafara de la remoción de su puesto. Los consejeros que explicaron ese tipo de votación indicaron que, primero, estuvieron a favor de una moción para que el expediente volviese a la Dirección de Legales para una ampliación de dictamen. Sin embargo, la postura no llegó a la mayoría simple y se pasó a la votación central.

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A través de un comunicado y, luego, en declaraciones en Radio Sarmiento, el decano de Arquitectura y candidato a rector dijo que, “durante más de tres horas de debate, varios de los consejeros coincidimos en que, dada la gravedad de la situación, era necesario un análisis legal más profundo, que garantizara el pleno ejercicio de los derechos de las partes involucradas. Consideramos que debía haber una valoración más precisa de los hechos y más contundencia en las pruebas”

A su vez, el comunicado firmado por el decano Lucero, Yornet y Saffe señala que el sumario y el dictamen legal “tiene serios fundamentos basados en lo que entendimos como inconsistencias en el expediente. Además, indicaron que, “en el debate señalamos como preocupante, en términos de seriedad del procedimiento, el hecho de que entre la instrucción sumarial y el dictamen de la Dirección de Asuntos Legales existen diferencias notables, lo cual sería inadmisible, toda vez que ese dictamen dice basarse en los antecedentes y pruebas producidas en la investigación previa”.

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Así, reiteraron que, en la votación por el pedido de separación del cargo, “no podíamos compartir una instrucción sumarial (…) incompleta e inconsistente y un dictamen que, en parte, se basa en esa instrucción y en parte expresa de manera diferente las razones por las que solicita la sanción”.

Frente a tales definiciones, Miolano remarcó que “si un consejero me hubiese dicho que la prueba producida por el denunciado rebate totalmente las acusaciones, ahí podríamos entrar en otro tipo de debate al cual me presto abiertamente. Ahora, si dice que no encontraron elementos de prueba contundente para proceder conforme lo sugerido por la instrucción sumarial, entonces no están teniendo en cuenta la interpretación de la prueba con perspectiva de género, que es la que ha fijado el máximo tribunal judicial nacional”.

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Incluso, resaltó que “en el expediente no hay inconsistencias. Para hablar de inconsistencias, tiene que haber una especie de contradicción o alguna laguna que se haya producido cuando yo emití el dictamen final. He advertido que se ha producido toda la prueba, salvo tres medidas probatorias, que eran absolutamente impertinentes, y que se ha respetado el derecho de defensa. Con la prueba acumulada, compartí el informe de la instrucción sumarial”.

Además, subrayó que, si los consejeros “necesitaban aclaraciones, eso se hubiera subsanado en el mismo acto si hubiesen admitido que yo estuviera presente, pero no quisieron que participara”. En ese marco, el abogado explicó que, “antes de iniciarse, el rector puso a consideración mi no presencia en la sesión, en virtud de que lo había solicitado el ingeniero Bloch”. De esa forma, el Consejo Superior “votó porque yo no estuviera presente. En consecuencia, el Consejo se quedó con el asesoramiento del doctor Claudio Tracchia, un excelente abogado de la asesoría Letrada de la universidad, pero que, en un par de días, no tuvo el tiempo de estudiar a fondo los siete cuerpos que conforman el sumario administrativo que se labró en el Área de Sumarios”.

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Miolano dijo que el decano de Exactas expuso como argumento para pedir que no participara de la reunión que ya tenía una posición tomada. “No comparto” tal fundamento, indicó el profesional, “porque mi función como director General de Asuntos Legales es ser totalmente objetivo”.

Frente a la crítica de que hubo “diferencias notables” entre el sumario y el dictamen, Miolano destacó que no las hubo. “No, en absoluto. Lo niego de plano. El dictamen no tiene que hacer una transcripción íntegra de las más de 80 fojas que tenía el informe de la instrucción sumarial, sino, simplemente, aclarar ciertos puntos”.

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Por eso, reiteró que “no hay ninguna contradicción. El informe de la instrucción sumarial es el que contiene el 100 por ciento de la evaluación de los medios de prueba. El dictamen jurídico lo único que hace es aclarar ciertos aspectos del informe. Pero en momento alguno se opone o entre en discordancia”.

También ahondó que “el dictamen legal es simplemente corroborar o no la investigación y los informes que emite la instrucción sumarial. Es más, yo podría, como lo he hecho en algunas circunstancias, hacer un dictamen de dos renglones señalando que se ha respetado el derecho de defensa, el procedimiento que se ha seguido es el que establece la normativa, comparto el informe y listo. La base de la decisión que debe adoptarse no estaba en el dictamen”, sino “en el informe de la instrucción sumarial”.

Así, respaldó el trabajo de la instructora sumariante al resaltar  que su trabajo “ha sido impecable”.

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